El juicio por el asesinato del camarógrafo español José Couso Permuy, muerto a los 37 años en Bagdad 2003, avanzó constantemente en España durante toda esta década a pesar del boicot de los gobiernos del Partido Popular (PP) y del Partido Obrero Socialista Español (PSOE).
“La causa internacional contra los homicidas estadounidenses del cámara Couso, asesinado desde un carro blindado en el Hotel Palestina de Bagdad el 8 de abril de 2003, ha seguido avanzado constantemente en España”, informaron en Madrid el abogado Enrique Santiago Romero, a cargo de la acusación particular ejercida por la familia y Javier Couso, hermano de la víctima y también periodista.
El juez español Santiago Pedraz renovó el 4 de octubre de 2011 las órdenes internacionales de búsqueda y captura libradas por primera vez en 2005 contra el sargento Thomas Gibson, comandante del carro de combate y autor del disparo; el capitán Philip Wolford, jefe de la unidad de carros de combate que autorizó a Gibson a disparar; y el teniente coronel Philip De Camps, quien autorizó al comandante Wolford a ordenar el disparo en su condición de jefe de la brigada acorazada en que actuaban los carros de combate. El magistrado fijó además una fianza de un millón de euros a estos tres imputados por responsabilidades civiles, ordenando el embargo de sus bienes en caso de no depositarse la fianza.
Pedraz también imputó, en el mismo auto de procesamiento de octubre 2011, a dos superiores en la cadena de mando de estos tres militares procesados, al general Bufort Blount, jefe del cuartel general y comandante de la 3ª División de Infantería de Ejercito Estados Unidos, y al Jefe de la 2º Brigada de la 3ª División, coronel David Perkins.
La querella contra los militares de Estados Unidos responsables del asesinato de Couso fue introducida por su familia en la Audiencia Nacional de España a un mes de cometido el crimen, por “delito contra personas internacionalmente protegidas” por las Convenciones de Ginebra de 1949 sobre Derecho Internacional Humanitario (DIH), reconocido por el Art. 611 del Código Penal español, como un delito de asesinato tipificado en el articulo 139 del mismo texto legal.
Los avances en 10 años de juicio han fructificado por el empeño de la acusación particular ejercida por la familia Couso y el compromiso con la justicia del juez instructor Santiago Pedraz. “La causa ha ido avanzando hasta ahora con dificultades, pero de forma constante hasta este momento”, dijo el abogado Santiago. Las “dificultades” aluden a una década de oposición legal de la Fiscalía General del Estado, bajo todos los gobiernos, desde José María Aznar (PP, 1996-2004), José Luis González Zapatero (PSOE, 2004-2011) y Mariano Rajoy (PP, 2011-????). “Con el gobierno de Mariano Rajoy, la Fiscalía mantiene la misma actitud de ignorancia del proceso, cuando no de oposición al mismo”, dijo Enrique Santiago. El gobierno, la Fiscalía y ciertos sectores judiciales sirven abiertamente a la Embajada de Estados Unidos.
Decenas de mensajes de la Embajada de Estados Unidos en Madrid al Departamento de Estado de Estados Unidos que sacó a la luz WikiLeaks en diciembre 2010 describen la coordinación con las autoridades políticas españolas para hacer abortar el “Caso Couso”. Como colaboradores de la Embajada de Estados Unidos y las autoridades estadounidenses aparecen varios ministros, Vicepresidenta del Gobierno, el Fiscal General del Estado, fiscales y jueces de la Audiencia Nacional. “Del contenido de los telegramas difundidos se aprecia que en la práctica la Fiscalía General del Estado [a cargo de Cándido Conde-Pumpido] ejercía como asesoría legal de la Embajada de Estados Unidos para conseguir el cierre de la causa, actitud ignominiosa y servil de los poderes públicos españoles ante una potencia extranjera que han difundido una imagen de España como colonia bananera de Estados Unidos”, denunció Enrique Santiago.
Crímenes del Hotel Palestina
El asesinato del camarógrafo Couso, de la cadena Tele5, ocurrió a las 11.15 AM del 8 de abril de 2003, a la luz del día, durante la invasión ordenada por el gobierno de Bush hijo. El cámara fue fulminado junto al periodista ucraniano Taras Protsyuk, 35 años, de la agencia Reuters, por un obús de 120 mm disparado por un carro de combate Abrams M1 del ejército de Estados Unidos contra los pisos 14, 15 y 16 del Hotel Palestina donde se alojaba la prensa internacional en Bagdad desde tres días antes porque así lo dispuso el Pentágono, que expresamente ofreció garantías de seguridad a los corresponsales si residían en ese hospedaje, recordaron Enrique Santiago y Javier Couso.
Tres horas antes del ataque al Hotel Palestina, esa misma mañana del 8 de abril 2003 Estados Unidos dio muerte al periodista Tarek Ayoub, 35 años, de la cadena árabe de televisión Al Jazeera, de Qatar, cuando atacó las sedes en Bagdad de esa red y de la cadena Abu Dabi TV, de los Emiratos Árabes Unidos.
Estados Unidos negó siempre su relación con estos hechos. El ejército de Estados Unidos cambió en 10 años constantemente su explicación para justificar los ataques, recordaron Santiago y Couso. “El propio Collin Powell [entonces secretario de Estado de Estados Unidos] atribuyó estos crímenes a un ‘error’, mientras el Pentágono justificó el ataque diciendo que los tanques de Estados Unidos fueron atacados desde el hotel, y posteriormente, a la vista de que más de 200 periodista internacionales alojados en el hotel y decenas de televisiones vieron, fotografiaron y grabaron el ataque del carro de combate, negaron taxativamente este hecho y optaron por argumentar –también falsamente– que en el Palestina se alojaba una unidad de observación y dirección de tiro del ejercito iraquí”, resumió Enrique Santiago.
Enrique Santiago y Javier Couso entregaron estos pormenores del litigio en dos encuentros en Madrid. Uno, en la cafetería del Círculo de Bellas Artes, y el otro, en el legendario Bar El Chicote de la Gran Vía, famoso la década de 1930 por haber sido frecuentado por Hemingway, corresponsales de guerra y gente del cine. Según Santiago, este bar estaba tan cerca del frente de Madrid que muchos combatientes republicanos de la guerra civil, en vez de irse a dormir a sus casas paraban allí sus vehículos militares para conversar sus horas de licencia hasta que el amanecer los regresaba a sus puestos. Ahora se denomina Museo Chicote.
Un abogado y un juez sacaron adelante el Caso Couso en España
El abogado Enrique Santiago Romero lleva 10 años bregando ante la justicia por el asesinato del cámara José Couso Permuy, muerto el 8 de abril de 2003 por el disparo de un carro blindado contra el Hotel Palestina de Bagdad al comenzar la invasión de EEUU a Irak.
Hoy siguen vigentes las órdenes de búsqueda y captura dictadas en 2005 por el juez español Santiago Pedraz contra el sargento Thomas Gibson; el capitán Philip Wolford; y el teniente coronel Philip De Camps -aplicando a estos tres una fianza o embargo de bienes por un millón de euros por responsabilidad civil- y desde 2011 aparecen imputados otros dos altos superiores de la cadena de mando, el general Bufort Blount y el coronel David Perkins.
Difícil pelea judicial
La acción iniciada por el abogado Santiago y la familia Couso en la Audiencia Nacional (AN) de España invocó “delitos contra personas internacionalmente protegidas” de las Convenciones de Ginebra de 1949 sobre DIH, reconocidos en España por el Art. 611 del Código Penal y el articulo 139 del mismo código.
“Desde el principio de las actuaciones judiciales, el gobierno español [José María Aznar, 1996-2004] se ha opuesto a la instrucción de la causa a través de la Fiscalía General del Estado, alegando falta de jurisdicción española, por haberse cometido los hechos fuera de España, como ausencia de delito, al no tratarse, según su criterio, de una acción intencionada del Ejercito de EEUU, sino de un triste ‘accidente’”, dijo el abogado.
En 2005 Pedraz dictó “ordenes de prisión incondicional y de busca y captura internacional a efectos de extradición” contra el sargento T. Gibson; capitán Philip Wolford, que autorizó disparar a Gibson; y el teniente coronel Philip De Camps, jefe de la brigada acorazada de los carros de combate. La Fiscalía General del Estado apeló esas órdenes internacionales y logró que la Sala de lo Penal (SP) de la AN cerrara las actuaciones. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) acogió un nuevo recurso de la familia Couso y en diciembre de 2006 ordenó reabrir la causa. El TS estableció que España era competente y tenía jurisdicción para conocer esos hechos.
Entonces el juez Pedraz renovó en 2007 el procesamiento de los tres militares de EEUU y reiteró las órdenes de busca y captura internacional y de prisión incondicional. Pero la resolución de nuevo fue apelada por el Fiscal y el 13 de mayo 2008 la SP de la AN anuló el procesamiento, las órdenes de prisión y las órdenes de búsqueda y captura, alegando que en los imputados no existían indicios suficientes de culpabilidad.
Cerrojazo judicial del caso
Pero, por efecto de la sentencia anterior del TS, de diciembre 2006, la SP de la AN no pudo ordenar el archivo de las actuaciones, de modo que siguió la instrucción de la causa. El 20 de mayo 2008, acordó practicar 7 nuevas pruebas, entre ellas admitir la declaración de una testigo propuesta por la acusación particular, Adrienne Kinne, ex sargento del ejercito de EEUU miembro de la inteligencia militar durante los hechos.
En una entrevista por TV en EEUU, el 14 de mayo 2008 Kinne denunció (1) que el hotel Palestina fue designado "blanco militar" por el ejército de su país, pese a estar protegido por las Convenciones de Ginebra y a despecho que allí estaba concentrada la prensa internacional por orden expresa de los militares de EEUU.
El juez también citó a declarar, como perito de la acusación particular, al general de la Guardia Civil española Gonzalo Jar Couselo, especialista en derecho internacional humanitario de la Cruz Roja española y autor de una investigación jurídica que califica como crimen de guerra la muerte del periodista.
El juez solicitó, además, practicar pruebas periciales de técnicos especialistas del cuerpo de artillería del ejército español y citó a declarar a los ex ministros de J.M. Aznar Ana Palacio, titular de Exteriores al momento del asesinato de los periodistas, y a Federico Trillo, de Defensa en ese instante, quienes dieron a conocer por escrito las explicaciones ofrecidas en su día al gobierno español sobre los asesinatos por las autoridades de EEUU, tanto de forma oficial como de manera extraoficial.
De inmediato, el 21 de mayo de 2009, el juez instructor ordenó un nuevo procesamiento y renovó la orden de detención internacional de los imputados. Entonces, la Fiscalía de la Audiencia Nacional de nuevo apeló esta resolución y el 14 de julio 2009, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no sólo admitió el recurso y revocó los procesamientos y órdenes de detención, sino además -y contra el criterio del Tribunal Supremo- ordenó al juez instructor que concluyera el sumario y elevara la causa a la SP de la AN para que ésta procediera a cerrarla, lo que el juez instructor hizo el 16 de julio 2009.
Las acusaciones particular y popular apelaron la resolución de concluir el sumario acordada por el instructor en cumplimiento del Auto de la Sala de lo Penal del 14 de julio 2009. Y así, un nuevo Auto de la Sala de lo Penal del 23 de octubre 2009 ratificó la conclusión del sumario y determinó el sobreseimiento de las actuaciones, con el único voto en contra de la magistrada Clara E. Bayarrri, quien hizo constar la necesidad de continuar la instrucción del sumario, mantener los procesamientos y proceder a practicar las pruebas pendientes, relató Santiago.
La justicia suele ser injusta
El abogado Santiago recordó que en esta etapa del Caso Couso, entre el Auto del 21 de mayo 2009, en que el juez Pedraz acordó el nuevo procesamiento, y la fecha de interposición del recurso de casación ante el Tribunal Supremo impugnando el sobreseimiento libre de las actuaciones, los órganos legislativos españoles reformaron el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La reforma cercenó y limitó hasta lo irreconocible el principio de jurisdicción universal extenso de la legislación, que hasta entonces había permitido a los tribunales españoles abrir casos de persecución efectiva de delitos -como el enjuiciamiento de Pinochet-, con el consiguiente prestigio internacional adquirido por la justicia hispana.
“En el Caso Couso nos encontramos con la clara resistencia de la justicia española a aplicar los principios de perseguibilidad universal, contradiciendo así lo establecido en las Convenciones de Ginebra de Derecho Internacional Humanitario de 1949 y en los Protocolos Adicionales de las Convenciones de 1977, a pesar de ser tratados internacionales de cumplimiento obligado para nuestro país por haberlos signado y ratificado”, afirmó el abogado Santiago.
Estados Unidos y la Interpol impiden que España haga justicia
Para continuar avanzando en la causa judicial del asesinato del periodista José Couso, el magistrado español Santiago Pedraz sólo necesita que Interpol cumpla la orden -emitida por primera vez en 2005- de búsqueda y captura de los militares estadounidenses responsables del crimen del 8 de abril de 2003 en Bagdad: el Sargento Thomas Gibson, el Capitán Philip Wolford; el Teniente Coronel Philip de Cam; y los dos superiores en la cadena de mando añadidos por el juez el 4 octubre de 2011, el coronel David Perkins y el general Bufort Blount.
“Efectivamente, se van a cumplir 10 años del asesinato de José Couso, y lamentablemente la causa no va por buen camino a pesar de los esfuerzos del juez Santiago Pedraz”, dijo en Madrid el abogado Enrique Santiago, quien representa a la familia del camarógrafo español.
“Tras las negativas de Interpol a cursar las ordenes de detención de los militares de Estados Unidos acusados del crimen de José, el juez no va a tener mas remedio que archivar la causa provisionalmente hasta que uno de los acusados fuere detenido y puesto a disposición del juzgado, y ello porque no nos quedan más diligencias que practicar, dada la negativa del gobierno de Estados Unidos a cumplimentar las diligencias que España (el juez Pedraz) pide a ese país mediante Comisiones Rogatorias”, precisó Santiago.
En octubre 2010, la Oficina Legal de Interpol, con sede en Lyon, remitió un oficio a la Audiencia Nacional negándose a cumplir las órdenes de búsqueda y captura contra los tres militares Estados Unidos, amparándose para tal negativa en el Art. 3 de los Estatutos de Interpol, esto es dando consideración de asunto ‘de carácter político, militar, religiosos o racial’ y no considerándolo como una investigación criminal, explicó el abogado Santiago.
“Llama la atención esta actitud de Interpol ya que en dos ocasiones anteriores Interpol había emitido esas mismas órdenes de busca y captura a petición del juez Santiago Pedraz y en esa misma causa penal, órdenes de busca y captura que estuvieron vigentes varios años y que cesaron cuando el Auto 23 octubre 2009 de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ordenó el archivo de la causa”, dijo Santiago.
“Interpol sigue a la fecha de hoy sin cumplir estas órdenes de busca y captura y detención internacional, único caso conocido de incumplimiento respecto a una resolución judicial española, lo que resulta llamativo en extremo atendiendo a que en dos ocasiones anteriores cumplió las mismas ordenes de detención sin mostrar ninguna objeción sobre ellas”, precisó el abogado.
Justicia pro estadounidense
En el Caso Couso el Tribunal Supremo ha tenido una actuación a favor de la justicia, mientras la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha hecho lo contrario. Para el abogado Santiago, el “cerrojazo judicial” de 2009 al Caso Couso de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, mediante Auto de sobreseimiento libre, en la práctica supuso una resolución absolutoria anticipada. El Auto de la Sala de lo Penal del 23 de octubre de 2009 justificó el supuesto “error” militar en el lenguaje propio del gran mexicano Cantinflas:
“Estamos pues ante una sola acción ejecutada, y por sus características, aunque no hubiera fuego cruzado inmediato, y precisamente por la ausencia de batalla o escaramuzas en las inmediaciones del hotel, estas circunstancias no difieren de las explicaciones del capital Wolford en los medios informativos, y en consecuencia no desvirtúan la credibilidad del error visual, reconociendo la presencia de un francotirador o de un ojeador, que dio lugar a la decisión de atacar el hotel para asegurar la zona, en términos de prevención”.
“La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha venido considerando mínimamente creíbles y rigurosas las conclusiones del mando central norteamericano, mientras ha rechazado las conclusiones fundadas en el resultado de la prueba a las que llega el juez instructor de la causa”, dijo Santiago.
Según el abogado, había dos pruebas pendientes de realizar cuando la Sala Penal de la Audiencia Nacional acordó precipitadamente concluir el sumario y sobreseer: la declaración de los procesados, contemplada en el articulo 385 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim); y la declaración de la testigo residente en el extranjero, la ex-sargento del ejército de Estados Unidos Adrianne Kinne, conforme a lo establecido en el articulo 424 LECrim.
La ex-sargento de la inteligencia militar de Estados Unidos Adrianne Kinne, el 13 de mayo de 2008 le declaró a Amy Goodman, del programa de TV Democracy Now!:
“Uno de los casos fue el hecho de que estábamos escuchando a periodistas que se alojaban en el Hotel Palestina. Y recuerdo que, concretamente a causa de que, durante la intensificación de la operación Shock and Awe (Impacto y Terror) por la que gente de mi unidad estaba muy nerviosa, se nos dio una lista de posibles objetivos en Bagdad, y el Hotel Palestina estaba catalogado como objetivo potencial.
“Y recuerdo esto concretamente porque, sumando dos y dos, había periodistas alojados en ese hotel y estaba incluido como objetivo potencial, acudí a mi oficial al mando, y le dije que hay periodistas alojados en ese hotel que creen estar a salvo, y lo tenemos catalogado como objetivo potencial, y de algún modo aquí no se está estableciendo una relación, ¿no deberíamos hacer un esfuerzo para que las personas adecuadas conozcan esta situación?
“Por desgracia, mi oficial al mando, de forma parecida a cuando le expresé mi preocupación acerca de ciertas cosas que estábamos recopilando o sobre información de inteligencia que estábamos proporcionando, me dijo básicamente que no era mi trabajo analizar. Mi trabajo era recopilar información y pasarla y que alguien en un nivel superior de la cadena de mando sabían lo que estaban haciendo”.
También quedaba pendiente practicar el reconocimiento judicial del lugar de los hechos, la inspección ocular prevista en los artículos 326 al 333 de la LECrim. Pero la Sala Penal de la Audiencia Nacional concluyó que “las diligencias admitidas y pendientes de practicarse se revelan innecesarias…”.
El Auto de la Sala Penal de la AN del 23 de octubre 2009 ignoró el pronunciamiento anterior del Tribunal Supremo en el caso Couso. El 13 de julio de 2010 la Sala Penal del Tribunal Supremo nuevamente se pronunció sobre el caso Couso, cuando su sentencia admitió los recursos de casación por quebrantamiento de forma, e infracción de ley y de precepto constitucional interpuesto por las acusaciones particulares y popular contra el Auto de 23 de octubre de 2009 de la Sala de lo Penal de la AN que ordenaba el archivo de las actuaciones, recordó el abogado.
El Tribunal Supremo ordenó entonces “proseguir las actuaciones, practicándose las diligencias e instrucción pendientes y las demás que resultaren procedentes para el esclarecimiento de los hechos investigados”.
Posteriormente, recapituló Santiago, una vez reabierta la causa por orden del Tribunal Supremo, el Juzgado Central de Instrucción Nº 1, del juez Pedraz, mediante Auto de 29 julio de 2010, repuso la situación de la causa a la existente cuando la Sala de lo Penal ordenó el archivo de la misma en octubre de 2009, a cuyo efecto ordenó nuevamente la búsqueda y captura e ingreso en prisión a efectos de extradición de los militares norteamericanos sargento Thomas Gibson, capitán Philip Wolford y teniente coronel Philip de Cam, librándose las oportunas órdenes internacionales de detención.
En esa misma línea, el Juzgado central de Instrucción Nº 1 dictó ese mismo 29 de julio de 2010 una “providencia” en la que ordena la práctica de varias diligencias de prueba:
1.- Libró oficio a la Comisaría General de Información de la Policía Nacional para localizar como testigos a los periodistas de Al Jazerra y Abhu Dabi TV que el día del asesinato de Couso se encontraban en sus sedes televisivas, las cuales también fueron blanco de ataques de los blindados de Estados Unidos.
2.- Reiteró la Comisión Rogatoria, librada antes a Irak y nunca contestada, para que ese país autorizara el desplazamiento a Bagdad de una comisión judicial para realizar la “inspección ocular” del lugar de los hechos.
3.- Libró Comisión Rogatoria a Estados Unidos, reclamando a los departamentos de Defensa, de Justicia y de Estado una copia íntegra de sus investigaciones e informes sobre el asesinato de Couso, en caso de existir estos.
4.- Ordenó tomar declaración como imputados al sargento Thomas Gibson, al capitán Philip Wolford y al teniente coronel Philip de Cam.
Vergonzosa sumisión a Estados Unidos del gobierno español
En diciembre 2010, Wikileaks sacó a la luz pública las comunicaciones sobre la investigación judicial del asesinato de José Couso remitidas al departamento de Estado por la Embajada de Estados Unidos en Madrid. Los documentos, que muestran absoluta coordinación entre las autoridades políticas españolas y la representación diplomática estadounidenses para abortar la causa y conseguir su archivo definitivo, involucraron a varios ministros, a la Vicepresidenta del Gobierno, al Fiscal General del Estado, y a algunos fiscales y jueces de la Audiencia Nacional.
"El contenido de los telegramas difundidos muestra que la Fiscalía General del Estado –con Cándido Conde-Pumpido Tourón como Fiscal General– ejercía en la práctica como asesoría legal de la Embajada de Estados Unidos para conseguir el cierre de la causa, en una actitud ignominiosa y servil de los poderes públicos españoles ante una potencia extranjera que han difundido una imagen de España como colonia bananera de los Estados Unidos", dijo Enrique Santiago Romero, abogado de la familia Couso.
Entre la documentación oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos relacionada con el Caso Couso y publicada por Wikileaks, el abogado Santiago destacó los siguientes documentos:
1º.- Telegrama confidencial del embajador de Estados Unidos Eduardo Aguirre (1), de fecha 21 de octubre 2005, afirma: “Los ministros españoles están trabajando para que no prosperen las ordenes de detención internacional”, aseveración del embajador tras afirmar haber hablado con María Teresa Fernández de la Vega (entonces Vicepresidenta Primera y ministra de la Presidencia del gobierno PSOE de José Luis Rodríguez Zapatero), Juan F. López Aguilar (ministro de Justicia) y Miguel Ángel Moratinos (ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación).
2º.- Telegrama del embajador Aguirre a Condoleezza Rice (secretaria de Estado de Estados Unidos), el 1 de junio 2007 indica: “El Gobierno de España había ayudado entre bastidores a que la fiscalía apelara las decisiones del juez”. Hay otro telegrama en igual sentido del embajador Aguirre al departamento de Estado, de fecha 14 mayo 2007.
3º.- Otro de los telegramas hace referencia a una llamada telefónica del entonces ministro español de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, al embajador Aguirre, días antes del 21 de octubre 2005, donde el ministro habría indicado: “María Teresa Fernández de la Vega está implicada en el tema”.
4º.- Telegrama del embajador Aguirre al departamento de Estado del 22 marzo 2006, donde el diplomático afirma: “María Teresa F. de la Vega dice a Aguirre que [Cándido] Conde Pumpido (Fiscal General del Estado) le ha informado de la excelente cooperación entre embajada y autoridades españolas para cerrar caso Couso”.
5º.- Los telegramas indican que diplomáticos de Estados Unidos se reunieron con Javier Zaragoza, Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, el 18 enero 2007 con el objeto de conversar sobre la causa judicial.
6º.- Dichos telegramas indican que el 25 enero 2007 el Fiscal General del Estado, Cándido Conde Pumpido, se reunió con el Embajador Aguirre. El 26 enero de 2007 el embajador Aguirre envió un telegrama al Departamento de Estado indicando: “Conde Pumpido dice que los fiscales de la AN continuarán oponiéndose a las ordenes de detención de los militares Estados Unidos, así como a embargos sobre propiedades Estados Unidos”.
(El abogado Enrique Santiago precisó: “Cabe recordar que antes de esto, el 14 de diciembre de 2006, el Tribunal Supremo ordenó reabrir la presente causa y rechazó los argumentos que para el archivo de la misma había esgrimido la Sala de lo Penal de esta Audiencia Nacional”.)
7º.- El 27 de abril de 2007, el juez Santiago Pedraz acordó nuevamente el procesamiento de los 3 militares de Estados Unidos identificados en la causa. Según consta en las comunicaciones, ese día la Directora General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Justicia, Cristina Latorre, llamó al embajador Aguirre indicándole que “en el Ministerio habían trabajado con los fiscales en 2006 para lograr el archivo del caso” (Telegrama 106159 de la Embajada de Estados Unidos).
8º.- El 10 de mayo de 2007 se produjo una reunión entre Hugo Llorens –segundo diplomático en el escalafón de la embajada de Estados Unidos en Madrid y posteriormente embajador de Estados Unidos en Honduras cuando se produjo el golpe contra el presidente Zelaya– con Julio Pérez Hernández, Secretario de Estado de Justicia de España. Según el telegrama 107903, del 11 de mayo, Llorens aseguró que Pérez Hernández le garantizó que el “gobierno de España trabajaría con el de Estados Unidos para asistirle en el proceso”.
9º.- El 11 de mayo 2007, el Fiscal asignado a la causa interpone recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el Auto de procesamiento de los 3 militares de Estados Unidos acusados en esta causa. Según consta en el telegrama de la embajada de Estados Unidos de fecha 14 de mayo de 2007, identificado con el numero 108128, ese día el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, llamó a la embajada de Estados Unidos para informarles de la interposición de dicho recurso y de su contenido.
10º.- El 13 de mayo de 2008, la Sala Penal de la Audiencia Nacional resolvió, entre otras cuestiones, ordenar al juez instructor archivar el sumario. Según consta en otro de los telegramas conocidos, el Presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, y el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, llamaron a la embajada de Estados Unidos para informarla de este archivo, que después fue nuevamente revocado por el Tribunal Supremo, el 14 julio 2009.
La familia Couso interpuso una denuncia por estos hechos ante la Fiscalía de Madrid. “Si bien la Fiscalía entendió que los anteriores hechos no estaban acreditados aunque habrían ocurrido, pero únicamente existía la versión de las comunicaciones internas de Estados Unidos y, por tanto, decidió no abrir ninguna investigación al respecto”, dijo el abogado Enrique Santiago.
Inspección ocular en Bagdad
Tras la reapertura de la causa ordenada por el Tribunal Supremo en 2010, entre el 27 y 29 de enero 2011 pudo finalmente desplazarse a Bagdad la Comisión Judicial a fin de realizar la Inspección Ocular del lugar donde ocurrieron los hechos investigados: el Hotel Palestina y el Puente Al-Jumhuriya. La Fiscalía renunció a participar en esa Comisión Judicial, relató el abogado Santiago, quien participó en la diligencia.
El resultado de esta Comisión Judicial fueron los informes periciales de expertos físicos y ópticos que emitieron sendos informes sobre imágenes captadas con cámaras fotográficas y de video desde ambas ubicaciones. Los informes pusieron de manifiesto que la tripulación del tanque Abrams M1 que atacó al hotel Palestina veía perfectamente que estaba disparando a población civil y, concretamente, a periodistas.
El 4 octubre de 2011, el juez Santiago Pedraz emitió el Auto que de nuevo dispuso el procesamiento de los tres militares imputados, y en busca y captura hasta ese momento, el Sargento Thomas Gibson, el Capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip de Camp, y fijó a los tres una fianza de 1 millón de euros por responsabilidades civiles, acordando el embargo de sus bienes en caso de no depositarse la caución, indicó el abogado.
Y esa misma decisión judicial de 2011 aumentó las imputaciones de militares de Estados Unidos, al incluir como imputados a dos superiores en la cadena de mando de los tres militares procesados, concretamente al General Bufort Blount, jefe del cuartel general y comandante de la 3ª división de infantería de ejercito de Estados Unidos, y al coronel David Perkins, jefe de la 2º brigada de la 3ª división. Por lo tanto, en el Caso Couso están imputados 5 militares de Estados Unidos.
Durante los últimos 3 años el tribunal de Pedraz cursó sucesivas Comisiones Rogatorias a Estados Unidos, solicitando entre otras diligencias que la ex sargento Adrianne Kinne fuera citada a declarar como testigo para que ratificara las declaraciones que realizo el 24 de junio de 2008 a medios de comunicación de Estados Unidos.
Enrique Santiago observó que la Sargento no ha accedido a acudir voluntariamente a declarar a España, ni las autoridades de Estados Unidos han hecho caso a las peticiones de las autoridades judiciales españolas. Ante este bloqueo, el 5 de julio 2012, el juez Santiago Pedraz tomó declaración testifical a la periodista Amy Goodman, directora del programa de TV Democracy Now! emitido en Estados Unidos, quien entrevistó a la sargento Kinne en junio 2008 y corroboró sus declaraciones ante el juez español.