A un año del asesinato del malabarista Francisco Martínez: ¿por qué el control de identidad contra un trabajador artístico callejero?

Este cinco de febrero se cumple un año del asesinato del malabarista Francisco Martínez Romero por el carabinero Juan Guillermo González Iturriaga, en la comuna de Panguipulli. Desde momento del homicidio, este sujeto y su representación judicial se ha justificado con el argumento de haber actuado en legítima defensa, lo cual fue respaldado por la Corte de Apelaciones de Valdivia, en un un fallo dividido. En la resolución, divulgada el pasado 22 de enero, se afirma: «se puede establecer que personal policial actuó dentro del ámbito de sus atribuciones y en cumplimiento de una obligación legal». No obstante, la defensa a cargo del abogado Rodrigo Román ha indicado que presentarán un recurso de queja ante la Corte Suprema, además de poner los antecedentes de este hecho a disposición de organismos internacionales. Aniceto Hevia / resumen.cl El día en que su vida fue tronchada, Francisco Martínez Romero trabajaba haciendo malabares en la intersección de calle Martínez de Rosas con Pedro de Valdivia, en la comuna de Panguipulli. Los malabares los realizaba con unos machetes de utilería y, de acuerdo al fallo de la Corte de Apelaciones, este habría sido el motivo del control de identidad implementado por el policía y al cual se habría negado. Como consecuencia de ello, iba a ser trasladado hasta una unidad policial provocando la resistencia del trabajador, “utilizando los machetes para impedir su detención”. De este modo, la Corte determinó que  “es posible concluir que el funcionario de Carabineros estaba siendo objeto de una agresión ilegítima por parte del malabarista”. Esta narración de los hechos deja abiertas distintas interrogantes, siendo la primera respecto a los factores que, de acuerdo al carabinero, justificaron un control de identidad. De acuerdo al Artículo 85 del Código Procesal Penal, en este procedimiento: «Los funcionarios policiales [...] deberán, además, sin orden previa de los fiscales, solicitar la identificación de cualquier persona en los casos fundados, en que, según las circunstancias, estimaren que exista algún indicio de que ella hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta; de que se dispusiere a cometerlo; de que pudiere suministrar informaciones útiles para la indagación de un crimen, simple delito o falta; o en el caso de la persona que se encapuche o emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad. El funcionario policial deberá otorgar a la persona facilidades para encontrar y exhibir estos instrumentos. Procederá también tal solicitud cuando los funcionarios policiales tengan algún antecedente que les permita inferir que una determinada persona tiene alguna orden de detención pendiente…» Ahora bien, cabe inferir que la realización de malabares con machetes de utilería, a cambio de dinero entregado voluntariamente por transeúntes, constituyeron indicios de que Francisco Martínez Romero hubiere cometido o intentado cometer un crimen, un delito o alguna falta, o de que se dispusiere a ello. Esto es lo que ha sido validado por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que en su fallo no ha cuestionado las razones de este proceder y, más aún, ha seguido la línea argumentativa de la defensa de Juan Guillermo González Iturriaga. El fallo, tampoco hizo referencia a la desproporcionalidad del actuar policial, ante la resistencia del malabarista. Finalmente, el trabajador fue concebido como una potencial amenaza desde el principio de los hechos. El cese de la criminalización del trabajo artístico callejero ha sido una demanda levantada insistentemente por diversas organizaciones de quienes laboran en distintas expresiones artísticas, de hecho, ha estado incorporada en las recientes Iniciativas Populares de Norma presentadas por gremios de las artes. Durante décadas, quienes se han desempeñado en el espacio público han sufrido el acoso de efectivos policiales y también de funcionarios de seguridad de instituciones privadas y públicas, sin que se hayan implementado normas y políticas destinadas a valorar y proteger el trabajo artístico callejero. El asesinato perpetrado contra Francisco Martínez Romero ha representado uno de los hechos de mayor gravedad en la escalada de agresiones contra quienes lo ejercen y su conmemoración desemboca necesariamente en una reflexión acerca de los alcances que ha tenido su criminalización. https://www.youtube.com/watch?v=X__1wDLicCw .
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A un año del asesinato del malabarista Francisco Martínez: ¿por qué el control de identidad contra un trabajador artístico callejero?