Administradoras de fondos de pensiones: la mayor estafa legal de la historia

Por Julián Alcayaga

Las cotizaciones que se pagan a las AFP son de dos tipos: un 10% que va al Fondo de Pensiones de cada trabajador, y la Cotización Adicional que históricamente (1981 a 2009) fue en promedio de 3%, y remunera las AFP.

La mayor parte de las críticas a las AFP se centran en el 10% que va al Fondo de Pensiones. Esos montos son invertidos en diversos instrumentos financieros, tanto en Chile como el extranjero, que han tenido una muy baja rentabilidad o incluso una rentabilidad negativa, o sea pérdidas. Según las propias AFP, las miserables pensiones que otorga el sistema tendrían su origen en las crisis financieras internacionales que afectan a las Bolsas de Valores. Según este razonamiento, las exiguas pensiones no son responsabilidad de las AFP, sino del sistema financiero internacional.

Para mejorar la rentabilidad, estabilizar las pensiones y paliar los riesgos del mercado, las AFP crearon diversos tipos de fondos. Unos con mayor riesgo –llamados de renta variable– que podrían generar una rentabilidad mayor, pero que están sujetos a la ‘volatilidad’ de los mercados financieros. Otros fondos, llamados de renta fija y centrados más bien en las obligaciones, no quedan expuestos a un gran riesgo pero generan una rentabilidad menor.

Estas triquiñuelas no han logrado aumentar las pensiones, ni lo lograrán nunca. La creación de diversos tipos de fondos no es sino un volador de luces para disimular la causa real de las bajas pensiones que ofrece este sistema.

Otro argumento de las AFP y sus defensores, señala que los trabajadores tienen muchas lagunas en su vida laboral y no pueden cotizar para aumentar el Fondo de Pensiones. Las AFP son blancas palomas sin responsabilidad ninguna, puesto que el culpable de las miserables pensiones es el sistema económico chileno incapaz de generar empleos estables y bien remunerados.

Si bien es cierto que la precariedad y los bajos salarios son una realidad de nuestro país, las AFP no explican cabalmente porqué le sirven pensiones miserables incluso a los trabajadores que tuvieron estabilidad laboral y salarios relativamente decentes.

Varias decenas de miles de trabajadores, principalmente del Estado, –profesores y otros profesionales–, que percibían remuneraciones relativamente altas y que beneficiaron de estabilidad en el empleo, perciben pensiones de hambre que no alcanzan al 30% de su última remuneración mensual.

Esos miles de trabajadores jubilados en el sistema AFP, transformados en pobres a pesar de haber disfrutado de estabilidad laboral y salarios decentes, estuvieron al origen del poderoso movimiento NO+AFP.

La amplitud del movimiento obligó a los políticos y al gobierno a reaccionar, proponiendo modificaciones al sistema. Estas últimas, sin sorpresa alguna, fueron pergeñadas por las mismas AFP que le han impuesto sus “soluciones” al gobierno.

Entre ellas, la de aumentar la cotización de 10% a 15%. Para suavizar la cosa, proponen que ese 5% lo paguen los empleadores, afectando sensiblemente a las Pymes. Otra de las soluciones que proponen las AFP, es aumentar la edad de jubilación. Nada impide que trabajemos hasta los 80 años sostuvo Sergio de Castro, Ministro de Hacienda de la dictadura.

Todo análisis, crítica y/o solución, se centra únicamente en la cotización de 10% que va al Fondo de Pensiones. Sobre la Cotización Adicional del 3% que remunera las AFP por administrar la cotización de 10%, reina el silencio. Sin embargo, aritméticamente, las AFP cobran por sus servicios el 30% del dinero que mal administran.

Esto equivale a depositar $1000 en un banco, a una tasa de interés que no va más allá del 2% o el 3% anual, o sea 20 a 30 pesos al año, a cambio de lo cual tú tendrías que pagarle al banco 300 pesos por el favor. Claro, nadie está obligado a regalarle su dinero a los bancos. ¡Pero sí a las AFP!

Quieras o no quieras, estás obligado por ley. El DL 3.500 te fuerza a pagarle $3 a las AFP por cada $10 que pones en tu fondo de pensión. Este es el robo legal y obligatorio que maquillan en “libre mercado”.

Robo impuesto por la dictadura, que ningún gobierno dizque ‘democrático’ se ha atrevido a terminar. Entre otros, porque las transnacionales financieras no lo permiten.

Las AFP son empresas privadas que benefician del mercado cautivo que generó el DL 3.500, al obligar a todos los trabajadores a entregarle sus fondos previsionales. Metieron todas las aves en un corral, y luego introdujeron los zorros. Eso es el sistema de AFP. Sistema con el que se acomodaron Aylwin, Frei, Lagos, Bachelet y Piñera. Y porque no decirlo, sus secuaces.

Las ganancias de las AFP no dependen de una buena o de una mala gestión, ni del mercado, ni de la competencia: simplemente, cada vez que cotizas $130 se quedan con $30. Fin del cuento. Es como ganarse el Loto todos los días.

Así fue, cada mes y cada año, desde 1981 hasta el 2009, cuando se realizaron algunas modificaciones que explicaremos más adelante. Es la más colosal estafa contra los trabajadores que conoce la historia de nuestro país. Se dice que quienes crearon este sistema eran muy inteligentes, pero Al Capone también lo era.

Nunca en la historia chilena y quizás mundial, se vio un negocio más extraordinariamente seguro para una empresa privada. Ni las peores crisis financieras mundiales han logrado afectar el lucro de las AFP, a pesar de que el valor de los Fondos que administran se redujeron a menos de la mitad. ¡Pagamos para que pierdan nuestro dinero!

La estafa fue disimulada mediante la astucia de dividir la cotización previsional en dos partes: la adicional, que remunera las AFP, y la que va al Fondo de Pensiones. Intuitivamente, los trabajadores sólo se preocupan de la evolución de este último.

En los últimos años esto ha cambiado. Todas las AFP pertenecen en parte o en su totalidad a compañías internacionales de seguros. Por eso la cotización adicional fue a su vez dividida en dos partes: una que se llama Cotización Adicional propiamente tal o Comisión de administración, y otra que se llama Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SYS). Ambas cotizaciones deben ser pagadas a la misma AFP en que uno está afiliado.

Existen además otros cambios, dizque para mejorar el sistema. El SYS es licitado, y todas las AFP se lo deben pagar a la compañía de seguros que ganó la licitación anual. En la actualidad el SYS representa un 1,41% del salario, lo que también es un robo comparado con lo que se paga en los países desarrollados por este tipo de seguros. Otro cambio importante en el SYS reside en que ahora no lo pagan los trabajadores sino los empleadores.

En la cotización adicional que va directamente a las AFP, también hay cambios. Los trabajadores pueden afiliarse a la AFP que deseen, pero todos los nuevos afiliados, los que por primera vez ingresan al mercado del trabajo, se pueden afiliar durante el primer año solo a una sola AFP, la que ha ganado la licitación con la propuesta de la más baja comisión de administración.

Los 2 últimos años la licitación la ganó la AFP Planvital, que propuso una comisión de 0,47% el año 2015, y de solo 0,41% el año 2016. Nótese que esa cifra es casi un cuarto de lo que cobra la AFP Provida: un 1,54%. ¿Qué es lo que lleva a Provida a cobrar cuatro veces más?

Esta cotización adicional de 0,41% de Planvital pone en evidencia que la que han cobrado las AFP era un robo. Excluyendo el SYS, la cotización se situaba por sobre el 2%, es decir por sobre el 20% del Fondo de Pensión.

En comparación, la ex Caja EMPART, creada en 1952 por la Ley 10.475, destinaba solo 3,5% del Fondo para la administración del sistema, (entiéndase un 3,5% del Fondo, y no del salario como en el caso de las AFP) cuando todo se hacía y se calculaba en forma manual porque no existía la computación. Esto quiere decir que la tasa de 0,41% de la AFP Planvital, aún podría bajar a 0,35% y esta AFP seguiría ganando dinero.

Que la cotización adicional de Planvital haya bajado de 0,47% el 2015 a 0,41% el 2016, significa que todas las AFP podrían cobrar una comisión no superior a 0,41%. Esto nos permite proponer una solución para aumentar las pensiones de los trabajadores.

Esta solución consiste en establecer por ley que la cotización adicional que remunera las AFP tenga un techo de 0,5%. Podrían cobrar menos si lo desean, pero en ningún caso sobrepasar el techo de 0,5%.

A los trabajadores se les seguiría descontando 11,5% en promedio, pero 11% irían al fondo de pensiones y 0,5% a las AFP. Por otra parte los empleadores seguirían pagando el 1,41% correspondiente al SYS, que iría a incrementar el fondo de pensión de los trabajadores.

Así, el fondo de pensión aumentaría de 10% a 12,41% sin aumento de cotizaciones ni para los trabajadores ni para los empleadores. Las AFP perderían 1% de sus abusivas e injustificables comisiones, en favor de los trabajadores.

¿Y el SYS? ¿Quién financiaría el SYS? Este debería quedar a cargo del Estado a través del IPS, y se financiaría con los ingresos generales del Fisco.

Las AFP no podrían alegar que con 0,5% de cotización no se financian, porque desde hace 2 años la AFP Planvital lo hace incluso con menos.

Por otra parte, existe una solución aún mejor para lograr una buena pensión: volver al sistema antiguo EMPART, CANAEMPU, etc. Quién conoce el DL 3.500 dirá que no es posible porque su art. 2 estipula que un asalariado, desde el inicio de una actividad laboral, solo se puede afiliar a una AFP y que dicha afiliación es para toda la vida.

Así es, pero se trata de una disposición abiertament6e inconstitucional, que viola el N° 16 del artículo 19 de la Constitución que establece: "Ninguna ley o disposición de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en estos".

Esto significa que ninguna ley ni autoridad pueden obligar a nadie a afiliarse a una AFP para poder ejercer una actividad o trabajo.

Si se recurre al Tribunal Constitucional, este tendría obligatoriamente que declarar la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del art. 2 del DL 3.500, por infringir el N° 16 del art. 19 y los principios generales de la Constitución Política de la República.

Me permito pues sugerir que el Colegio de Profesores realice una demanda colectiva de todos los profesores que están cerca de jubilar, para solicitar en un tribunal la desafiliación masiva del sistema de AFP.

El Tribunal, en aplicación del art. 2 del DL 3.500, tendría que rechazar dicha desafiliación, pero antes que se dicte esa sentencia, in limine, se debe recurrir de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de ese artículo ante el Tribunal Constitucional.

Esto lo puede hacer también cualquiera persona que recurra a un tribunal para pedir la desafiliación del sistema de AFP. ¿Para qué hacerlo complicado si podemos hacerlo de la forma más sencilla posible?

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