Cap Acero arremete contra dirigentes sindicales.

El viernes 14 de Febrero, Cap Acero a través de su abogado Jorge Aguayo Ríos, interpuso una demanda contra los dirigentes sindicales Mónica Aguilera,  José Araneda y Eliecer Pérez en el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.  La compañía buscaba con el recurso, la separación provisional de los dirigentes de sus puestos de trabajo, además del desafuero sindical para proceder a despedirlos. Este lunes 17 de febrero, la jueza del Trabajo Valeria Zúñiga decretó la admisibilidad de la demanda en lo referido a la petición de desafuero, pero declaró inadmisible la separación provisoria de sus lugares de trabajo pedida por la empresa.

Los motivos que aduce la empresa son el haber trepado la chimenea de coque del recinto, violando la normativa de seguridad de la empresa. Lo cierto es que los trabajadores realizaron esta maniobra para defender a sus afiliados de los continuos despidos que se viven a la acerera y la pérdida de beneficios históricos a los que está obligando la compañía. Según relata a Resumen Mónica Aguilera, presidenta del Sindicato nº1, los dirigentes se enteraron de la situación a través del comunicado público de la empresa. Pero para ellos, la conducta de la acerera no los sorprende pues responde a su historial de persecución sindical. Según aclara, los dirigentes habrían bajado de la chimenea pues la empresa habría accedido a dialogar con ellos y lejos de sentarse a conversar, la empresa “se impone con soberbia”.


El historial al que se refiere la dirigente guarda relación con los casos donde se ha terminado los contratos de forma subrepticia, como los denunciados el año 2011. A diferencia de ese año, donde el sindicato guardo un silencio cómplice frente a los despidos, desde el 2013 este nuevo sindicato nº1 ha denunciado continuamente a la prensa las desvinculaciones, ha realizado mitings, manifestaciones en la entrada de Cap, e incluso, la mentada subida a la chimenea. Pero esta oposición a la  empresa ha tenido consecuencias  el sindicato 1 el año 2012 poseía alrededor de 1300 asociados mientras que el sindicato 2 para el comienzo de la negociación poseía 215 socios. Para Noviembre del año 2013 el sindicato 1 reduciría su cantidad de asociados a 430 y el sindicato 2 aumentaría sus socios a 750”

Como puede apreciarse, para Cap Acero un sindicato al que respetan es al que guarda silencio traicionando a sus afiliados. Ello se deduce del agresivo lenguaje utilizado en la demanda ingresada al Juzgado de letras del Trabajo de Concepción, dónde se califica las acciones de “hacerse justicia por su propia mano” o como “ilegitimo acto de fuerza” por subir a la chimenea. La demanda se basa en el no respeto a las normas de seguridad, pero las opiniones vertidas en la demanda parecen ratificar que eso es tan solo una excusa para deshacerse de la organización sindical. El texto de la demanda se encuentra en la web del poder judicial.

Mónica agrega además, que el conflicto que los llevó a subir a la chimenea era la posible pérdida de beneficios de los trabajadores con contratos anteriores al año 2003. Beneficios como el premio por antigüedad o bono por año trabajado que, según consigna la entrevistada “les permite a muchos trabajadores poder comprar sus casas o pagar los estudios de sus hijos”.

En términos de la empresa, se ha dado un proceso de compraventa de beneficios.  Este proceso, para beneficio de la empresa, se ha hecho individualmente lo que por supuesto, les quita poder de negociación al trabajador. Los trabajadores afectados exigen que sea el sindicato quien negocie por ellos, pero la empresa tozudamente insiste en que la negociación sea a nivel individual.

Muestra de lo negativo que puede ser para los trabajadores la negociación individual, son los términos de contrato donde se pagan indemnizaciones por bajo lo que legalmente se exige. Este proceso se ha dado durante los últimos años, con el desvinculamiento de trabajadores antiguos con beneficios. El revés de esta situación en la empresa son las subcontrataciones que reemplazan los puestos de estos trabajadores, sin beneficios.


La primera audiencia del juicio será el próximo miércoles 26 de marzo a las 9:30 hrs.


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