[resumen.cl] En libertad, solo con arraigo nacional y firma quincenal, quedó el carabinero imputado por el homicidio del artista callejero en Panguipulli el viernes pasado. La Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la feble medida cautelar de prisión domiciliaria total que había aplicado este lunes el Juzgado de Garantía de Panguipulli.
Si la resolución del Juzgado de Garantía había sido una especie de burla por lo exiguo de la sanción precautoria en cuanto a aplicar medidas cautelares acorde a criterios de justicia y en proporción al delito cometido, la resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia adoptada el día de hoy, resulta casi una risotada burlesca. Este fallo de la Justicia, una vez más por la ausencia de justicia, se convierte en un manto protector de hechores y en un incentivo para la reiteración de los delitos de derechos humanos por parte de los cuerpos policiales y uniformados en el país.
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El sargento segundo de carabineros Juan González Iturriaga había sido formalizado por homicidio simple luego del asesinato del joven Francisco Martínez Romero en Panguipulli y recibió la cautelar de arresto domiciliario. Los querellantes en el caso, tanto el abogado de la familia del joven asesinado como del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), habían recurrido a la Corte solicitando la prisión preventiva del imputado, en tanto la defensa del carabinero homicida había solicitado la libertad provisional. Este miércoles, la Corte de Valdivia le brinda la libertad provisional y con ello profundiza el descaro con que se blinda a los cuerpos represivos cuando cometen delitos de derechos humanos contra la población.
Además, en la audiencia de formalización llevada a efecto el lunes, el Juzgado de Garantía de Panguipulli había descartado el delito de violencia innecesaria por parte de Carabineros y acogido los argumentos de la defensa de la que el policía actuó en defensa propia. Esto pese a las pruebas y evidencias que todo el país conoció por la profusa difusión que tuvieron los videos incriminatorios. Sin embargo, la actitud de la Fiscalía resulta incomprensible pues no ejerció en el estrado ninguna labor persecutoria del delito, ni hizo pesar las pruebas del caso, ni invocó que se tuviera presente la necesidad de medidas cautelares acordes a las penas del homicidio, por el contrario, el Fiscal fue forzado por el Juez a solicitar alguna cautelar.
Fiscales como éste que opera en la Región de Los Ríos son de la misma especie de los que piden las penas del infierno para los chilenos comunes que son perseguidos por el Estado o por el gobierno, pero cuando se trata de acusar a los agentes policiales que cometen delitos de derechos humanos, dejan de ejercer el rol de persecutores y actúan como verdaderos encubridores de los implicados. Recordemos que contra los presos por el estallido social se ha usado la prisión preventiva como medida de castigo, permaneciendo algunos por más de un año en tal condición. En tanto, de los cientos de delitos de derechos humanos cometidos por funcionarios policiales durante o desde el estallido, solo un par de los más mediáticos han sido formalizados. La igualdad ante la ley es letra muerta, sigue siendo una farsa.
Aunque algunos senadores de oposición, tímidamente, solicitaron a la Fiscalía Nacional la designación de un Fiscal exclusivo para este caso, el Fiscal Nacional hace caso omiso, reiterando la lógica del gobierno de proteger a carabineros y minimizar las características del delito cometido.
Independiente de los intereses del gobierno, de la Fiscalía Nacional y de los fiscales y jueces, los integrantes de la institución Carabineros no colaboran mucho con sus protectores y siguen dando muestras de su total descomposición. También el día de hoy, en Calama, otros dos funcionarios policiales fueron detenidos y sometidos a proceso por el asesinato de otra persona joven, en un sitio eriazo, la que luego dejaron botada junto al recinto del Servicio Médico Legal; otro crimen alevoso cometido por esta agentes de esta institución.