Chile, cuando se naturalizó legalmente la trata de personas

Por Subcontratados del Retail
Aunque agentes de La Moneda -partiendo por el Gobernador provincial- le hayan calificado de “accidente”, la muerte de Nelson Quichillao López fue homicidio, con ejecutores directos (funcionarios de Carabineros) y con inductores mediatos (responsables mayores): el Gobierno, a cuyo cargo se maneja el orden interior y bajo cuyo mando está Carabineros según lo establece la ley 18.961.
SU TRASFONDO: LA SUBCONTRATACIÓN.
Más allá de la conducta de la cúpula de Codelco, el trasfondo radica en el abusivo e injusto régimen legal de subcontratación laboral, que permite a cualquier empresa externalizar mediante otras -con más baja calidad laboral- prácticamente todo su proceso, incluso faenas principales, es decir, su actividad esencial o propia.
Ya la denominación de subcontrato señala o evidencia su índole (el prefijo “sub” significa “por debajo”, “inferior”); y, en verdad, implica un contrato laboral de inferior trato o condiciones.
Nunca entendible ni justificable para faenas principales de cada empresa. Y así se calificaba hace décadas: “Los trabajos inherentes a la producción principal y permanente de una industria, o de reparación o mantención habituales de sus equipos y que no sean de los tratados en los incisos segundo y tercero de este artículo, no podrán ser ejecutados a través de contratistas o concesionarios...”. (ley 16.757, de 1968, artículo 1, inciso 1°).
No obstante, posteriormente la dictadura abrió la puerta a tal contratación incluso en faenas esenciales de la misma empresa, y la Concertación aseguró tal abertura. En verdad, nunca buscó eliminarla.
APARENTANDO CONSTITUIR UNA “REFORMA”, LA LEY 20.123, DE 2006, CONTINUÓ PERMITIENDO A LAS EMPRESAS SUBCONTRATAR INCLUSO PARA EJECUTAR GIRO PRINCIPAL.
La tramitación de dicha ley abarcó tanto el gobierno Lagos como el de Bachelet. Ambos, y la Concertación en pleno, avalaron y aprobaron conservar tal vicio.
En el año 2006, reconociendo que el 60% de los trabajadores de las empresas estatales son empleados subcontratados, el entonces subsecretario del Trabajo, Zarko Luksic, confesaba dos semanas después de aprobada la ley, que esta “permite que se continúe subcontratando personal para el giro principal de la empresa…” (“La Tercera”, edición electrónica de 31 de mayo de 2006).
La hipocresía continuó en 2007. El entonces ministro del trabajo, hoy diputado Osvaldo Andrade, expresaba que “la ley permitirá terminar con la existencia de trabajadores de distintas categorías”. (“La Nación”, edición electrónica de 15 de enero de 2007).
E instruyeron a la Dirección del Trabajo (su subordinada jerárquica), a interpretar la nueva ley precisamente con ese “detalle”. Patricia Silva, entonces directora y hoy en el Ministerio del Interior, resolvía: “No existe impedimento legal alguno para que la empresa principal externalice obras o servicios propios de su giro” (dictamen 2468/053, de 9 de julio de 2007).
El Gobierno tiene cuota mayor de responsabilidad, por conservar el imperante régimen de subcontratación y por mandatar a Carabineros a reprimir a balazos. Pero más reprochable es el papel hipócrita y encubridor de aquella dirigencia sindical manejada desde La Moneda, que opera sobre y dentro del sindicalismo chileno, encubriendo o torciendo la verdad.
ENLACE A ESTUDIO SUBCONTRATACIÓN LABORAL Y LEY 20.123…https://nuestrosderechoslaborales.files.wordpress.com/…/chi…
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