Corte de Apelaciones de Valdivia ordena pagar indemnización por despido injustificado y hostigamiento a trabajadora a honorarios

[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad de la Municipalidad de Valdivia y confirmó el fallo dictado por el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad que ordenó a la entidad edilicia cancelar una indemnización por despido injustificado y hostigamiento a la orientadora familiar Carmen Gloria Riquelme Cárcamo, quien se desempeñaba como trabajadora a honorarios.

El fallo que respaldo la sentencia del tribunal laboral, al que acudió la orientadora en un proceso de tutela laboral, reconoció el vínculo de subordinación y dependencia que mantuvo la trabajadora con la Municipalidad de Valdivia desde el 2014 al principios del 2016, por lo que el despido se consideró injustificado. Debido a ello, el sostenedor deberá cancelar pagos relacionados con indemnización sustitutiva y por años de servicio. A ello se agrega la denuncia por hostigamiento por parte del Director del establecimiento en que se desempeñaba la funcionaria -la escuela Leonardo Da Vinci-, lo que también fue reconocido por el tribunal ordenando el pago de una indemnización de 9 millones de pesos. El fallo afirma:

"Es el caso, que habiéndose probado que la relación contractual que unió a las partes, si bien, al principio fue una prestación de servicios, se transformó luego en una relación regida por las normas del Código del Trabajo y siendo así, el empleador tenía la obligación de dar estricto cumplimiento a las normas sobre protección a los trabajadores que laboraban bajo vínculo de subordinación y dependencia, sin embargo, ha quedado del todo probado que la actora, durante la vigencia de la relación laboral, año 2015, comenzó a sufrir todo tipo de hostigamiento por parte de su superior jerárquico, el Director del establecimiento educacional donde ejercía sus funciones de orientadora”

La profesional desarrolló una enfermedad psiquiátrica debido al hostigamiento que sufrió por parte del Director de la Escuela. Un documento presentado en el juicio así lo avala:

“las probanzas rendidas también permiten tener por acreditado que dicha enfermedad laboral se origina como consecuencia de los reiterados actos de hostigamiento, menoscabo, descalificación, humillación pública y exclusión cometidos por su jefatura directa en la escuela Leonardo Da Vinci, esto por el  Director Boris Chiffelle”.

El contrato a honorarios ha sido ampliamente utilizado en diversos organismos estatales para mantener en una sistemática precariedad laboral a trabajadores del Estado. A través de esta modalidad se ahorran las imposiciones previsionales, beneficios laborales como el fuero maternal, vacaciones, bonos, entre otros. Vea el Fallo Foto: www.sindical.cl
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