[resumen.cl] Durante la jornada, la Corte de Apelaciones de Concepción declaró admisible el recurso de protección interpuesto por Juntas de Vecinos de Penco en contra de Forestal Arauco. Los vecinos recurren de protección a tribunales por el peligro al que se ven sometidos debido a la cercanía de las plantaciones forestales de Arauco con sus hogares. El próximo fallo de la Corte penquista podría sentar un precedente importante para un gran número de viviendas colindantes con los monocultivos.
Son las Juntas de Vecinos de Esperanza Viila Montahue, Villa Montahue y Alto Mavidahue de la comuna de Penco, patrocinados por el Senador Navarro, quienes recurrieron a la Corte de Apelaciones de Concepción para que Forestal Arauco, del grupo Angelini, realice cortafuegos de al menos 200 metros entre las plantaciones de pinos y eucaliptus y los hogares de los vecinos. Si bien la corte penquista declaró admisible el recurso, rechazó la orden de no innovar y dio un plazo de 8 días para presentar antecedentes a la Forestal antes de dar su veredicto.
Según señala el recurso interpuesto por los vecinos:
“[...] somos la mayoría propietarios de viviendas sociales que en general constituye nuestro único patrimonio, que hemos conseguido con gran esfuerzo y que hoy nuevamente nos vemos amenazados con perderlas por la acción u omisión de la recurrida, y por lo mismo, nos sentimos agredidos y atropellados en nuestros derechos por parte de la misma y como consecuencia de plantaciones de pinos y eucaliptus que se han efectuado al amparo de una legislación que si bien parece legal desde el punto de vista de los grandes empresarios forestales, han perjudicado y amenazado en forma constante a las organizaciones territoriales que integran los sectores antes referidos, perteneciente a la comuna de Penco, asentamientos humanos significativos que se encuentran literalmente sitiados y rodeados por plantaciones forestales de propiedad de la empresa recurrida.”
Y además agregan:
“[...] el motivo de la alta amenaza que vivimos es debido a que el predio forestal con el cual colindamos (de propiedad de la recurrida), presenta dentro de los factores de riesgo grandes extensiones de plantaciones forestales de especies introducidas y propensas a incendios como el pino y el eucaliptus. Muchos de los cuales en una longitud de 2 kilómetros aproximadamente colindan con las casas de varios de nuestros vecinos, sin existir una zona de interfaz entre el cerro y las viviendas, libre de material combustible que permita prevenir y mitigar el peligro y amenaza del fuego. Situación que se debe a la acción u omisión por parte de la recurrida, ya que no existen las medidas de prevención y seguridad necesarias para evitar los avances del fuego hacia nuestros hogares, traduciéndose en una falta de mantención tanto de sus plantaciones como del terreno mismo.”
La presentación de los vecinos se ampara en que Forestal Arauco estaría vulnerando tres derechos constitucionales: el derecho a la vida y a la integridad física, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y al derecho de propiedad,
Los vecinos de Penco no son los únicos que viven esta realidad. Gran parte de las comunas que soportan el monocultivo de pino y eucaliptus viven esta realidad, por lo que el fallo de la Corte de Concepción puede sentar un importante precedente para otros vecinos amenazados por los incendios forestales. Cabe recordar que dichas plantaciones prácticamente no cuentan con cortafuegos y muchos de estos son en realidad caminos para sacar la madera, lo que es completamente insuficiente para prevenir incendios como los que se han producido durante los últimos veranos.
Vea el Recurso: document(1)