[resumen.cl] Este jueves 23 de julio la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción dictó fallo de segunda instancia por los homicidios calificados de los estudiantes ecuatorianos Felipe Porfirio Campos Carrillo y Freddy Jimmy Torres Villalba, delitos cometidos por agentes de la dictadura en septiembre de 1973 en Concepción. El estudiante Felipe Campos tenía 23 años de edad y seguía la carrera de Kinesiología; en tanto Freddy Torres tenía 19 años y era estudiante de Ingeniería, ambos en la Universidad de Concepción.
En resolución unánime de los integrantes de la Cuarta Sala del tribunal penquista, ratificó la sentencia de primera instancia que condenó al ex oficial de carabineros Sergio Arévalo Cid a las penas de 15 años y un día de presidio, más 5 años y un día de presidio, y que absolvió de toda responsabilidad en los delitos a Renato Rodríguez Sullivan. Sin embargo, revocó el fallo de primera instancia que absolvía a Fernando Pinares Carrasco y, en cambio, lo condenó a la pena de 15 años y un día de presidio.
Durante el proceso, el ministro Aldana que sustanció la causa rol 394-2013, logró dar por acreditado que entre el 16 y el 19 de septiembre de 1973, Felipe Porfirio Campos Carrillo y Freddy Jimmy Torres Villalba, de nacionalidad ecuatoriana y que se encontraban estudiando en la Universidad de Concepción, fueron detenidos, sin orden judicial ni administrativa competente, por funcionarios de Carabineros que los condujeron hasta dependencias de la Cuarta Comisaría de la ciudad, Lugar desde donde fueron sacados -el 19 de septiembre- por personal de Carabineros y trasladados al sector de la desembocadura sur del río Bío Bío, donde fueron encontrados muertos al día siguiente, presentando varios impactos de balas en sus cuerpos.
Antecedentes, entre otros, que según el fallo de la Cuarta Sala "(…) permiten acreditar fehacientemente que los jóvenes Felipe Porfirio Campos Carrillo y Freddy Jimmy Torres Villalba, de nacionalidad ecuatoriana, fueron detenidos en dependencias de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Chile de Concepción, lugar desde el cual fueron sacados por personal de dicha Comisaría y posteriormente ejecutados mediante múltiples impactos de bala, hechos que constituyen los delitos de homicidio calificado".
El hechor Pinares Carrasco tenía rango de mayor y, a la época de los hechos, se desempeñaba como Comisario de la Cuarta Comisaría de Carabineros en Concepción. Por su parte, Arévalo Cid, tenía grado de capitán de la misma unidad y cumplía funciones como jefe del Sicar y luego integró el organismo represivo denominado CIRE, que reunía a diversas entidades represivas.