[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Concepción acogió la orden de no innovar deducida del recurso de protección presentado por el concejal de Chiguayante, Carlos Benedetti, contra la decisión del Seremi de Salud, Héctor Múñoz, de terminar con la suspensión de cultos religiosos en la zona.
La acción judicial del edil chiguayantino se realizó luego de la polémica decisión de Muñoz -parte de la secta evangélica de ultraderecha Águilas de Jesús, simpatizantes del presidente brasileño Jair Bolsonaro- de poner fin a la prohibición de celebrar cultos religiosos en la región la semana pasada.
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El alza de la restricción la emitió Muñoz el día 5 de mayo de 2020, mediante la resolución exenta N°1509.
La medida de la máxima autoridad sanitaria de la región fue tomada pese a no alcanzar aún siquiera el peak de contagios en la zona y el país y sin tomar en cuenta que los principales focos de contagio en comunas como Hualpén, San Pedro de la Paz o Yumbel, se dieron entre miembros de iglesias evangélicas que participaron en cultos con personas contagiadas.
El tribunal de alzada penquista dio un plazo de 8 días “para que la recurrida Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Bio Bio informe pormenorizadamente ó debiendo evacuarlo y adjuntar todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso”.
La corte ofició también al Intendente de la Región del Bío Bío, al Jefe de Zona del Bío Bío, al Gobernador Provincial de Concepción y al Ministerio de Salud.