La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia que condenó a dos ex carabineros por el delito consumado de homicidio calificado del agricultor Mario Enrique Dorner Caimapu, delito de carácter de lesa humanidad, perpetrado en julio de 1985, en la comuna de Quemchi, provincia de Chiloé.
En fallo unánime (causa rol 2.085-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre, que condenó al ex cabo primero de Carabineros, a la época de los hechos, Ramón Olaf Barrientos Lleuquén a la pena de 12 años de presidio, y al entonces cabo segundo Nelson Omar Cárdenas Ortega, a 7 años de presidio, ambas penas de cumplimiento efectivo, en calidad de autor y cómplice, respectivamente. Más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
En la investigación judicial y en la sentencia se dio por acreditado que el obrero agrícola Mario Dorner Caimapu, casado, de 24 años, fue baleado el día 25 de julio de 1985, alrededor de las 03:00 horas, por Cárdenas Ortega, quien integraba una patrulla de cuatro carabineros (movilizados en un vehículo particular) al mando del sargento primero Emilio Roa Soldán (actualmente fallecido), el cabo primero Nelson Omar Cárdenas Ortega, y los cabo segundo Ramón Olfal Barrientos Llauquén y José Dagoberto Maldonado Ojeda, pertenecientes al Retén Quemchi.
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Dicha patrulla llegó al domicilio de Mario Dorner, ubicado en el sector Aucar, comuna de Quemchi, ya que se encontraban realizando indagaciones respecto a un abigeato y había sospechas que dos personas acusadas de cometer el mencionado delito se encontrarían en la vivienda ya que eran hermanos de la cónyuge de Dorner Caimapu. Según el parte policial, las sospechas recaían únicamente en las personas de apellido Cárcamo, despachándose orden de investigar solo con respecto a ellos, sin mención alguna de Mario Dorner Caimapu.
Al llegar al lugar, la patrulla de uniformados se separó, quedando en el exterior los carabineros Barrientos Llauquén y Maldonado Ojeda, entrando al inmueble Roa Soldán y Cárdenas Ortega, quienes portaban sus armas y linternas. Una vez dentro de la vivienda, el cabo primero Nelson Cárdenas Ortega entró de inmediato al dormitorio donde se hallaba Mario Dorner Caimapu, su cónyuge, que estaba embarazada y sus dos hijos pequeños.
En medio de la oscuridad, Dorner Caimapu se levantó de la cama para vestirse y recibió un disparo del cabo Cárdenas Ortega, quedando gravemente herido en la zona abdominal. En el intertanto, los dos sospechosos que eran buscados a raíz del delito de abigeato, Braulio Cárcamo Couto y José Cárcamo Miranda, ya habían sido capturados por los funcionarios que estaban en el exterior, manteniéndolos reducidos.
Pese a que Mario Dorner Caimapu estaba herido de gravedad, la patrulla de Carabineros se fue del lugar, sin prestarle ayuda ni trasladarlo a algún centro asistencial, llevándose solo a los dos detenidos Cárcamo Couto y Cárcamo Miranda. Horas más tarde, personal médico del consultorio de Quemchi llegó hasta el domicilio de Dorner Caimapu, trasladaron al herido hasta un centro asistencial y posteriormente al Hospital de Ancud, donde falleció el 23 de septiembre de 1985 producto de su estado de gravedad consignándose en el registro de defunción y certificado de defunción como causa de muerte peritonitis por herida a bala.