La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a dos agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de los estudiantes Óscar Dante Valdivia González, Luis Hernán Núñez Rojas y Rodrigo Alejandro Medina Hernández, perpetrados en mayo de 1976, en Santiago.
Por Darío Núñez
En fallo de mayoría (causa rol 14.381-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por los condenados y descartó error en la sentencia que condenó a los ex oficiales de ejército, y jerarcas de la DINA, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos, confirmando el dictamen emitido por la Corte de Apelaciones de Santiago en diciembre de 2020.
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La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Leopoldo Llanos, quien estuvo por acoger los recursos de casación interpuestos por los querellantes y, consecuencialmente, dictar sentencia de reemplazo en que se condene, además de los dos ya citados, a los procesados ex agentes de la agrupación Halcón de la DINA Jorge Claudio Andrade Gómez y José Abel Aravena Ruiz, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado.
Brigada Halcón
En la investigación judicial y fallo de primer grado dictado por el ministro Mario Carroza Espinosa se dio por establecido que en mayo de 1976 la dictadura mantenía operaciones represivas realizadas por la DINA, organismo de represión que contaba con una estructura organizada, jerarquizada, con medios propios y recintos de detención clandestinos.
En la Región Metropolitana las operaciones de la DINA estaban encabezadas por la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BlM) que contaba con un oficial de Ejército al mando y una plana mayor que los asesoraba en labores de inteligencia. A su vez las operaciones de la brigada eran desarrolladas por agrupaciones o equipos de trabajo, compuestas por miembros del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile, quienes utilizaban recintos secretos o centros clandestinos de detención y tortura para cumplir sus propósitos. Una de estas agrupaciones era la ‘Halcón’, dependiente de la ‘Brigada Caupolicán’, encargada en ese entonces de la represión al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
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En ese contexto, el día 26 de mayo de 1976, a las 11:00 horas, Luis Hernán Núñez Rojas de 24 años, estudiante de filosofía, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y miembro de la Federación de Estudiantes Vespertinos, es detenido en la vía pública luego de haber concurrido a su facultad a rendir un examen .
Ese mismo día, en horas de la tarde, fue detenido Óscar Dante Valdivia González, de 27 años de edad, militante del MIR y de la Federación de Estudiantes Vespertinos. Fue secuestrado en la vía pública, en el trayecto que realizaba entre el domicilio de sus abuelos en Quinta Normal y su casa, en la comuna de Santiago Durante la noche de ese día fueron allanados distintos domicilios de sus familiares.
Al día siguiente, Rodrigo Alejandro Medina Hernández, de 18 años, estudiante de filosofía, militante del MIR, cerca de las 20:00 horas, es detenido en la vía pública en avenida José Miguel Carrera esquina Isabel La Católica en la comuna de La Cisterna.
Los tres jóvenes detenidos fueron conducidos por sus captores al recinto clandestino Villa Grimaldi, donde fueron vistos por testigos sobrevivientes durante meses posteriores a su detención. Desde ese mismo cuartel se pierde todo rastro de ellos.