Este miércoles la Corte Suprema confirmó la resolución de la de Apelaciones penquista que rechazó el recurso de protección interpuesto por comunidades lafkenches para anular la aprobación del proyecto de Modernización y Ampliación de la Planta de Celulosa Arauco (MAPA). Con este fallo, el caso del proyecto MAPA debe ser visto por el Tribunal Ambiental de Valdivia al que la abogada de las comunidades Lafkenche, Paula Villegas, indicó recurrirán, pues el fondo del recurso no fue visto por las instancias judiciales debido a que se declararon incompetentes.
El proyecto MAPA está destinado a triplicar la producción de pulpa de celulosa, pasando de las actuales 790.000 toneladas anuales a las 2.100.000, convirtiéndose en la mayor planta del país y una de las más grandes de América Latina. Este aumento de producción implicará un aumento en el consumo de diversos insumos y un incremento de desechos, afectando a la población local circundante y a la comunidad en general.
Bajo esta premisa, comunidades lafkenches impugnaron el visado de este proyecto, planteando que la consulta indígena había sido realizada deficientemente para las exigencias del Decreto 169 de la OIT que la obliga. Esta afirmación la respaldaban con un video donde el ex director del SEA, Bolívar Ruiz, declaraba como insuficiente el contenido del informe sobre la realización de esta consulta. No obstante, a pesar de estar en conocimiento de esta situación, el SEA aprobó el proyecto.
En entrevista con Resumen, la abogada dijo que el comportamiento de la institucionalidad ambiental en este contexto era "ilegal, porque ésta es llamada por ley a cumplir la normativa nacional e internacional. En el caso del Convenio 169 es una norma autoejecutable, es decir, pasa a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico sin necesidad de una nueva normativa". Especificando que "existen un sinnúmero de proyectos que fueron evaluados ambientalmente y en todos ellos se observó la emisión de una resolución exenta que marcaba el inicio del proceso de consulta indígena, estableciendo sus directrices y lineamientos, a quienes afectaba, cuáles eran los pueblos indígenas encontrados dentro la zona de afectación, cuestión que para el proyecto MAPA se omitió, ni siquiera hubo una resolución exenta".
Todas estas evidencias no fueron suficientes para que, primero la Corte de Apelaciones y ahora la Suprema, anularan la aprobación de este proyecto. Todo el andamiaje del Estado demostró que, cuando lo amerita, sus autoridades están dispuestas a sacarse el disfraz de imparciales y promotores del bien común. Los Angelini lo pedían y toda la red de negocios que moverá esta planta lo requería.
No importa que aumente el consumo de agua en un contexto de escasez hídrica provocado por el propio negocio forestal. Según el informe que Celulosa Arauco presentó al Servicio de Evaluación Ambiental, continuará captando agua del río Carampangue. Cuando la ampliación esté funcionando tendrá un consumo promedio de 2.2m3/segundo, o sea de 2.200 litros por segundo equivalentes a 190.080.000 de litros al día. Si se considera que la Superintendencia de Servicios Sanitarios reporta un consumo medio de 117 litros de agua por habitante, en el territorio correspondiente a la distribución de Essbio, se puede establecer que el consumo diario de agua de esta industria, será mayor que la de los habitantes de la provincia de Arauco y Concepción juntas.
No importa el incremento de emanaciones de dioxinas y otras sustancias tóxicas, propias de los procesos de esta industria. Las dioxinas, por ejemplo, son compuestos químicos surgidos a partir de la combustión del cloro junto materia orgánica, son bioacumulables y persistentes, absorbidos en los tejidos grasos de los seres vivos y transfiriéndose a través de la cadena alimenticia.
El aumento de monocultivos forestales y la construcción de carreteras destinadas a suministrar de materia prima a esta futura planta ya está presupuestado, basta observar el aumento de pequeños propietarios que han recibido bonificaciones para la plantación de pinos y eucaliptos y el ensanche de la ruta 160 a lo largo de gran parte de la cordillera de Nahuelbuta. Por supuesto, todo financiado y "sobrepagado" por el Estado.
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