Cuando las instituciones funcionan mal

Por Jaime Soto El Servel señala en su calendario electoral que el 11 de enero “Vence el plazo para formalización de pactos y subpactos electorales, en forma previa a la declaración de candidaturas. Arts.105, 107 y 110, Ley N° 18.695, Art. 4, Ley N° 18.700, Arts. 82 y 84 bis, Ley N° 19.175 y Art. 38, Ley N° 19.884. Vencimiento de plazo para declaración de candidaturas a Gobernadores Regionales, Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales, designación de encargados de trabajos electorales y Administradores Electorales. Artículos 107, 108 y 109, Ley Nº 18.695, Artículos 3, 4 y 8, Ley Nº 18.700 y Artículo 84, Ley Nº 19.175”. Sin embargo, al quedar mal inscritos candidatos de la Democracia Cristiana, lo amplió sin mediar una ley como ya se había realizado cuando el mismo partido inscribió mal a sus candidatos a la cámara baja durante la presidencia de Ricardo Hormazábal (2001). Mientras, candidatos y candidatas independientes han recurrido con recursos legales frente a este actuar, esperamos su desenlace. El Servel, ubicado en calle Santo Domingo 566, recibió las inscripciones de constituyentes independientes y escaños reservados, largas filas sin protocolos Covid, atendiendo en la vía pública, el local habilitado está en reparaciones y el GOPE desalojó la calle por un protocolo de artefacto explosivo que obviamente no era. Todo en la mañana del 11 de enero. En la sede central la situación fue distinta, Carabineros resguardando a la escolta armada de José Antonio Kast, vehículos estacionadas en la puerta del Servel, ningún candidato o representante de partido fue atendido en la calle y el director del organismo los recibe personalmente, etc. Es evidente el trato desigual que el servicio tuvo en la inscripción de las candidaturas, para la élite todas las facilidades y condiciones, para el resto igualdad de derechos y dignidad en la medida de lo posible. https://twitter.com/rsumen/status/1353348948824616960?s=20 La Ley 18.700 orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios del año 1988 en su artículo Nº17 señala: “El Consejo del Servicio Electoral, dentro de los diez días siguientes a aquel en que venza el plazo para efectuar la declaración de candidaturas, deberá dictar una resolución que se notificará al correo electrónico que los partidos políticos y candidatos independientes deberán informar en el momento de la declaración…” consultamos a algunos candidatos a Gobernador Regional, Alcalde, Concejales, Constituyente y Escaños Reservados y el día 21 de enero y ninguno fue notificado. El 23 de enero se publicaron las candidaturas aprobadas, rechazadas e inadmisibles con sorpresas notables como la no inclusión de la lista a concejales de Chile Digno en la comuna de Santa Juana o el rechazo de la lista del Partido Humanista. Inadmisible fue considerada la lista de Felices y Forrados (FyF) en los distritos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 15, 20, 21, 23 y 26. En todos los distritos (28) se rechazan candidaturas a constituyentes. Llama la atención que las candidaturas de los escaños reservados tuvieron proporcionalmente el menor rechazo pese a tener menos tiempo para inscribirse bajo procedimientos complejos de una mala ley que los restringe a sólo 17 escaños, los que deberán definirse de entre 182 postulaciones. Te puede interesar: Las máscaras de los "Independientes No Neutrales" Para las cinco elecciones de este 11 de abril, el Servel rechazó el 13% de las candidaturas que seguramente apelarán sin saber si el organismo excederá sus facultades como ya lo hizo aumentando los plazos sin mediar una ley o si los Tribunales Electorales Regionales aplicarán criterios homogéneos frente a los descargos en cada una de las regiones. Con lo ya conocido se observa que habrá un proceso de votación y escrutinios complejo y largo. Sólo en la comuna de Concepción hay hasta el momento 52 candidatos (as) constituyentes, 86 a concejales (as), 5 a alcaldes (as), 36 a escaños reservados. Es decir, se deberá elegir entre 199 nombres los mismos que deberán ser escrutados en cada una de las mesas.  
Declaradas Aceptadas Rechazadas Inadmisibles
Convencionales Constituyentes Generales 1 463 1 191 177 95
Convencionales Constituyentes Pueblos Indígenas 194 182 12 0
Gobernadores/as Regionales 63 58 5 0
Alcaldes/as 1 461 1 332 129 0
Concejales/as 14 764 12 687 2 077 0
TOTAL NACIONAL 17 945 15 450 2 400 95
El actuar del Servel pone en peligro la escasa credibilidad en el sistema político por parte de la ciudadanía y confirma las razones que llevaron a la movilización social que tuvo como desenlace el Plebiscito del Apruebo y la elección de constituyentes. A seguir atentos y atentas.
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