Una histórica sentencia dictaminó el 1°er Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago esta semana, ya que el tribunal falló a favor de un grupo de 20 trabajadores y trabajadoras del programa Prodesal (Programa de Desarrollo Local) del Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (Indap), quienes exigían el pago de previsiones sociales y de salud ante la corte. Indap tiene 10 días hábiles para impugnar la sentencia. Por Nicolás SilvaTras varios años de lucha, las y los trabajadores honorarios de la oficina regional del Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario obtuvieron una contundente e inédita victoria en el 1°er Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.Se trata de 20 funcionarios/as sindicalizados/as, a quienes el organismo deberá pagar cotizaciones de salud y previsión social desde la fecha de la firma de su último contrato de manera retroactiva. Además de ello, la sentencia obliga a Indap a contratar a éstos funcionarios bajo una figura legal contemplada en el Código del Trabajo, por lo que pasarían a ser empleados de planta. Te puede interesar:Municipalidad de Antofagasta deberá pagar retroactivamente pre y post natal negado a trabajadoras a honorariosEl fallo se dictaminó en el contexto de tres denuncias que el sindicato interpuso ante el tribunal, ya que no solo demandaron a Indap, sino que también a las municipalidades en las que se desarrolla el programa Prodesal, causas para las cuales aún no existe sentencia. La abogada patrocinante del caso, Gabriela Cisterna (Estudio Jurídico Sindical), declaró a RESUMEN que “este es uno de tres juicios que llevamos a cabo con trabajadores del programa Prodesal, y es una sentencia bien importante porque se declara la existencia de la relación laboral vigente. Eso quiere decir que aún están trabajando, no están despedidos, y en ese sentido lo que se demanda es protección de seguridad social porque estos funcionarios estaban bajo el régimen de honorario”.Cisterna sostuvo que lo que se alegó ante el tribunal es que el régimen de contratación es irregular, ya que existe una relación de subordinación y dependencia porque Indap es quién da las órdenes, situación que el organismo judicial constató.En ese sentido, la abogada explicó que “la finalidad de la demanda es exigir protección y seguridad social, porque como honorarios no tienen pago de AFP, ni de salud, Fonasa o Isapre según corresponda, ni de accidentes del trabajo. Es una sentencia sumamente importante porque da esta protección a todas estas personas que estaban precariamente contratadas”.Te puede interesar:Trabajadoras/es en huelga de escuela Sagrada Familia de Nazareth exigen bonificaciones para asistentes y equipo de integración de educaciónSi bien Cisterna aseguró que “están contentos” por la victoria, también fue enfática en señalar que esta “es la primera etapa”, y que aún hay procesos que agotar para que se confirme la sentencia. “Falta la Corte de Apelaciones, Corte Suprema (…). No es un fallo definitivo, nosotros esperamos que se confirme. Lo más probable es que Indap recurra de nulidad ante la Corte de Apelaciones, así que esos procesos están pendientes todavía”, sentenció la abogada.Indap Biobío tiene 10 días para impugnar la sentencia del tribunal, plazo que se agota el próximo 24 de noviembre. Haz clic acá para revisar la histórica sentencia.