Insólito: Presidente de Corte de Apelaciones asevera que crímenes de lesa humanidad no son responsabilidad de las instituciones

El nuevo presidente de la Corte de Apelaciones de Concepción, el ministro Carlos Aldana Fuentes, hasta ahora ministro especial para causas de Derechos Humanos en la jurisdicción, emitió controvertidas opiniones en una reciente intervención pública.

En efecto, el pasado miércoles 1° de abril intervino en una ceremonia con que Carabineros daba comienzo a las actividades de su mes aniversario. En la oportunidad el ministro Aldana dictó una clase magistral con la ponencia “Control de convencionalidad en causas de derechos humanos” ante un auditorio compuesto por unos 400 funcionarios y aspirantes de carabineros.

En su charla, versada en el papel del poder judicial como garantía de respeto de las convenciones internacionales sobre la persecución de los delitos de lesa humanidad, el ministro Aldana dijo que el Ejecutivo y el Legislativo debían derogar la Ley de Amnistía, que aunque en los hechos no se esté aplicando, en la práctica sigue teniendo existencia legal. Pero, por otro lado, señaló que los crímenes cometidos durante la dictadura fueron perpetrados por individuos y no por instituciones.

Preguntado luego por la prensa insistió en su postura. Refiriéndose a su participación en la actividad de Carabineros dijo: "Es coherente con la función que desempeño, porque yo siempre he planteado que Carabineros es una institución permanente, que no ve disminuido su prestigio porque en algunas indagaciones hayan participado funcionarios, ya que las responsabilidades penales son individuales". Frente a una consulta específica respondió que él siempre ha descartado la idea de que los delitos de lesa humanidad hayan sido institucionales, precisando que en su concepto las responsabilidades son individuales porque se castigan penalmente de manera individual.

Un error de concepto o un concepto erróneo.

Para el caso da lo mismo porque encierra uno de los principales problemas con que ha tenido que enfrentarse la búsqueda de verdad y de justicia en las causas de derechos humanos desde el término de la dictadura en adelante. Esto es, la escaza voluntad por lograr esos propósitos de verdad y de justicia que han mostrado los tribunales de justicia como cuerpo, como institución del Estado llamada a cumplir esa labor. La verdad ha sido que la actitud cómplice, complaciente o negligente con que actuaron los tribunales de justicia durante toda la época de la dictadura ante las graves y permanentes violaciones de los derechos humanos que sufría la población chilena se ha prolongado como un lastre de vergüenza; lastre que no ha sido fácil remover.

La autocrítica o reconocimiento de estos errores y falencias que el año 2013 realizó el Pleno de la Corte Suprema de Justicia no ha tenido más significado y eficiencia que un montón de palabras de buena crianza destinadas a aplacar las denuncias que organizaciones y familiares de las víctimas de derechos humanos venían sosteniendo frente a los descarados afanes de imponer criterios de impunidad por parte de jueces, ministros y cortes en los tribunales de justicia y de una buena parte de la clase política dominante. En su declaración de entonces los ministros de la suprema corte señalaban, entre otras cosas: “….., no cabe sino reconocer que si esos atropellos efectivamente ocurrieron, como lo fueron, en parte se debió a la omisión de la actividad de jueces de la época que no hicieron lo suficiente para determinar la efectividad de dichas acciones delictuosas -las que por cierto ofenden a cualquier sociedad civilizada- pero principalmente de la Corte Suprema de entonces que no ejerció ningún liderazgo para representar este tipo de actividades ilícitas, desde que ella no podía ignorar su efectiva ocurrencia, toda vez que les fueron denunciadas a través de numerosos requerimientos jurisdiccionales que se  promovían dentro de la esfera de su competencia, negando de esta manera la efectiva  tutela judicial de que gozaban los afectados”. Sin embargo, la autocrítica pública de hace dos años solo se quedó en declaración aunque cumplió sus propósitos: las críticas y cuestionamientos amainaron y la actividad pro impunidad siguió aplicándose solapada e invariablemente.

En esta actitud no sólo influyen las pociones ideológicas y políticas de ministros, jueces y funcionarios, sino también estas visiones erróneas como la del ministro Aldana sobre el rol de las instituciones uniformadas en dictadura, en la permanente violación de derechos humanos y en la comisión de delitos de lesa humanidad. Sostener la aberración de que los delitos de lesa humanidad son de responsabilidad individual y no de las instituciones es una forma absurda, pero recurrente, de buscar favorecer a criminales y encubrir las responsabilidades judiciales de los altos mandos en la comisión de aquellos delitos y, por cierto, encubrir las responsabilidades políticas de los que dominaban el país y las responsabilidades éticas de los propios tribunales. Esta actitud de encubrimiento fue la que sostuvieron políticos y tribunales para posibilitar la impunidad aberrante con que el dictador Pinochet se fue al infierno. Ese es el principio que sostienen ministros de cortes y jueces para imponer y aplicar la falacia de la media prescripción, la remisión condicional, la libertad vigilada, la “ausencia” de convicción y otros pretextos que son utilizados como formas descaradas o solapadas (según quien sea el criminal, no el delito) de impunidad.

Las responsabilidades son individuales cuando se trata de delitos comunes

Tan absurda es la postura del Sr. Aldana que es desmentido por los propios hechos judiciales y por la realidad de las mismas instituciones que él encubre. Las responsabilidades son individuales cuando se trata de delitos comunes; cuando se trata de delitos de lesa humanidad las responsabilidades son institucionales aunque el delito, obviamente, sea cometido por los individuos que integran la institución.

Sí los delitos de derechos humanos y de lesa humanidad fueran de responsabilidad individual como sostiene el Sr. Aldana, las instituciones se desprenderían de inmediato de los hechores; eso es lo que lo hacen y ocurre aún antes de que haya un veredicto o fallo condenatorio del implicado en cualquier caso de delito común en que haya incurrido un integrante de la institución. Pero en la realidad, cuando se trata de delitos de derechos humanos, las instituciones siguen sosteniendo a los criminales implicados, les brindan apoyo legal, les mantienen sus ingresos salariales, les siguen considerando parte de sus organizaciones, perdón, instituciones, precisamente porque ellas son responsables de los delitos cometidos por sus miembros. Esa es la realidad.

Esa es la práctica que se produce en todas las instituciones de las fuerzas armadas y policiales involucradas en la instauración, sostenimiento y en el desempeño criminal de la dictadura: ejército, carabineros, armada, aviación, investigaciones. Más aún. Incluso los agentes civiles que fueron integrados a las fuerzas represivas de la DINA, CNI o de los propios aparatos de seguridad o inteligencia de las instituciones uniformadas (DINE, SIFA, SIN, SICAR) reciben la misma actitud de protección de parte de las fuerzas armadas y policiales, es decir, de las instituciones en que fueron asimilados y en función de las cuales cometieron delitos.

El Sr. Aldana quiere ver sólo responsabilidades individuales porque su opción ideológica y política lo lleva a proteger o intentar proteger a los altos mandos de instituciones que cometieron delitos de lesa humanidad por ser parte del Estado represor y opresor instaurado por la dictadura, es decir, por ellos mismos. No es la realidad actual, pero es lo que fue. No existe el individuo que siendo integrante de las instituciones uniformadas dictatoriales o de sus aparatos represivos, haya actuado por iniciativa propia, por voluntad propia, por decisión propia en la comisión de algún crimen o delito de lesa humanidad. Todos los agentes represores actuaron (reprimieron, secuestraron, detuvieron, torturaron, mataron, obraron como criminales) porque hubo una política de Estado impulsada y ordenada por sus instituciones, por los superiores de sus instituciones, por los mandos, destinada a cometer tales delitos. Si alguna vez hubo alguno de esos agentes que se hubiera salido de los estrictos márgenes que el mando y la jerarquía establecían o quiso operar más allá o por fuera de la orden determinada, fueron los propios aparatos represores de la dictadura los que le castigaron como ellos solían hacerlo: matando, y ejemplos sobran (Manuel Leyton Robles, Juan Delmás Ramírez, Eugenio Berríos Sagredo, etc.). El criminal Carlos Herrera Jiménez, oficial de ejército y agente de la CNI condenado por el asesinato de Tucapel Jiménez, el asesinato del carpintero Juan Alegría y otros delitos, afirmaba en una causa sustanciada por el propio ministro Aldana: “Quiero indicar en este acto, el personal subalterno no actuaba solo. Siempre eran mandados por algún oficial y los que mandaban eran los responsables de lo que ocurría”. ¿De qué responsabilidad individual habla el Sr. Aldana? Por lo visto, confunde sus deseos con la realidad.

¿Qué garantía son entonces los ministros, jueces y funcionarios de los tribunales chilenos de respeto de las convenciones internacionales sobre la persecución de los delitos de lesa humanidad? ¿Qué entiende el Sr. Aldana por “Control de convencionalidad en causas de derechos humanos” si las convenciones asumen y establecen que es el Estado o son instituciones los responsables de la comisión de delitos de lesa humanidad?

En rigor, desde los tiempos de la dictadura ha existido al interior del poder judicial una corriente de funcionarios, jueces y ministros que sí han tenido una actitud de búsqueda de verdad y de aplicación de justicia; aunque ello le haya implicado correr riesgos y exponer la continuidad de su carrera profesional. Con el término de la dictadura esta tendencia se vio reforzada por aquellos de sus pares que se atrevieron a abrir gavetas, cajones y puertas por donde comenzó a asomar la verdadera historia que había vivido el país y la miserable actitud del poder judicial. Pero también comienza a aflorar el lastre institucional construido por la dictadura en el poder judicial. Lastre que ha sido preservado por la acción de la derecha política que se ha encargado de obstruir y cercenar las carreras judiciales de aquellos jueces y ministros que más compromiso han tenido por resolver las causas de derechos humanos. La derecha ha tenido, desde luego, la colaboración de los políticos concertacionistas cuya corrupta moral los ha llevado a transar y negociar cuanto han podido para aferrarse a mezquinas cuotas de poder y de riqueza, desde la infamia de “justicia en la medida de lo posible” en adelante, pasando por el rescate de Pinochet en Londres, las cárceles de lujo para los criminales, y otras bajezas, incluida la ineptitud de no derogar la ley de amnistía que hasta el mismo Aldana les reclama.

El lastre tiene y ha tenido donde aferrarse. Por lo que no queda más que seguir confiando en aquellos ministros, jueces y funcionarios del poder judicial que sí tienen un compromiso ético con la justicia, con la verdad y con las causas de derechos humanos. Ello se refleja también en que tienen una clara concepción del carácter de los delitos de lesa humanidad, de la imprescriptibilidad de los mismos, de la imposibilidad de ser amnistiados, por haber sido cometidos por agentes del Estado, por instituciones del Estado, valiéndose de la fuerza, al margen de toda juridicidad, respecto de personas a quienes violentaron sus derechos fundamentales. Por la misma razón, es decir por tratarse de delitos de lesa humanidad cometidos por agentes del estado, es que no puede (no debiera) aplicarse ninguna forma de prescripción que sí son válidas para otros delitos comunes contemplados en el código penal. A eso se refieren las convenciones internacionales que Chile ha firmado.

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