Las mujeres y el TPP-11

Por Vanessa Hoppe Espoz* En el contexto de lo que resulta ser la precarización de la vida de las personas, mediante la instalación de un sistema económico, iniciada con la Constitución de 1980, hoy seguimos siendo testigos del intento constante de los grupos económicos por reducir las posibilidades de maniobra del Estado y con ello privarnos del actuar de quien debería ser el garante del bien común. Esto es, sin lugar a dudas, posible gracias a lo que se ha llamado el “principio de subsidiariedad del Estado”, consagrado constitucionalmente y que ha permitido el despojo de los derechos sociales fundamentales de las personas, la externalización de todos los servicios que eran dependientes de él y con ello el desvío de los fondos estatales a empresas privadas, quienes evidentemente no se encuentran bajo el mandato de garantizar dicho bienestar. Es así como estos grupos económicos ven amenazados sus intereses con la posibilidad que tenemos hoy de modificar el carácter “subsidiario” de nuestro Estado, entre otros aspectos que podrían significar devolver el poder de decisión y el ejercicio de la soberanía a la ciudadanía, así como de incorporar figuras que permitan contar con defensa idónea de nuestros derechos, como podría ser la Defensoría de los Derechos Ciudadanos. Te puede interesar| PODCAST | Cerro a la Izquierda: El regreso del TPP11 (junto a Abofem) Sabemos que hace unos días, el Ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, aseguró que el gobierno impulsará la aprobación del llamado Tratado Integral y Progresista de Asociación Trans Pacífico CPTPP, más conocido como TPP-11, reactivando su tramitación en el Senado. Con ello reflotan las alertas de grupos ambientales, feministas y de quienes abogan por una nueva Constitución que, conforme a la Ley 21.200, debe respetar los Tratados Internacionales. Lo primero que debemos recordar es que no estamos en presencia de un tratado comercial como cualquier otro. Este constituye uno de los mayores acuerdos del Asia-Pacífico, con 498 millones de personas y un 13% de la economía global, que ya ha sido suscrito por los ministros de Brunei, Australia, Canadá, Chile, Malasia, México, Japón, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam. En la práctica, su alcance es realmente alarmante. No sólo fija rebajas arancelarias, como lo hacen en general los tratados de libre comercio que ya tiene nuestro país con la mayoría de esos países, sino que éste protege las “expectativas razonables de retorno” de las transnacionales de los países miembros y las de exportadores chilenos en esos países, por lo que se le ha denominado como un Tratado de Protección de Inversiones (TPI). Cabe agregar que sólo cinco capítulos de un total de 30, incluidos en las más de 1000 páginas que contiene el TPP-11, dicen relación con el área comercial, y el resto regula otras materias. Es precisamente, sobre esas otras materias respecto de las que se activan las alertas, pues nos repercuten como sociedad, ya  que limita el actuar del Estado y establece regulaciones que finalmente podrían afectarnos, negativamente, en el acceso a remedios genéricos, el uso liberado de la información en internet, las garantías laborales-salariales y respecto del uso y resguardo de las semillas orgánicas ancestrales, entre otros temas igualmente trascendentales. Uno de los aspectos más preocupantes, relacionados con el ejercicio de la soberanía, es que el tratado entrega competencia a Tribunales Arbitrales Internacionales, compuestos por jueces pertenecientes a los países miembros, donde las empresas transnacionales pertenecientes a  la industria farmacéutica, las corporaciones informáticas, de energía, las mineras, forestales o la agro industria pueden demandar cuando sean los Estados parte de quienes impulsen algún cambio que pueda significar una afectación o amenaza a sus expectativas de retorno, es decir, a lo que esperan percibir por sus negocios en el momento en que invierten en el país. Eso, evidentemente, podría significar un repliegue en el actuar del Estado como garante de los derechos de las personas y que, en definitiva, limite su actuar regulador y fiscalizador en materias medioambientales, en la creación y aplicación de políticas públicas en igual sentido, así como cualquier otra, indispensable para la protección de nuestros derechos frente al abuso de las empresas. PERSPECTIVA FEMINISTA Esta suerte de jurisdicción empresarial paralela a la del Poder Judicial, que nos deja entregadas a criterios meramente económicos, que anteponen el derecho a la propiedad privada por sobre los derechos humanos y fundamentales, que vulnera nuestro derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y que amenaza la justa aspiración a recuperar derechos sociales en una nueva Constitución, como el derecho fundamental al agua, actualmente privatizado en Chile, y que podría ser considerada una amenaza a las expectativas de ganancia de estas trasnacionales y, por ende, hacer acreedor a nuestro país de demandas millonarias, también es una cuestión de género. Y aquí es necesario observar la realidad desde la perspectiva feminista que permite completar el análisis crítico sobre los hechos, porque el desigual acceso a posiciones preferentes en la sociedad, se traduce en que la mayor parte de las personas que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema, a nivel mundial son mujeres, por ende, cualquier medida que afecte las condiciones materiales indispensables para la vida, tienen un efecto mayor en ellas. Sabemos que las mujeres solo son propietarias del 1% a nivel mundial, mientras realizan las dos terceras partes del trabajo por un 5% del salario. Sobre mujeres recae el cuidado de los enfermos y de la familia en general, y son principalmente las mujeres quienes se ven más afectadas por los problemas de acceso al agua, o sobre las que recaen con mayor impacto las peligrosas consecuencias que se viven en territorios que bajo el modelo económico devienen zonas de sacrificio; realidad que se vive de manera aún más dramática cuando el género se conjuga con otros factores de vulnerabilidad y discriminación, como son los casos de mujeres indígenas, racializadas, inmigrantes, discapacitadas o de disidencias sexuales. La asignación de roles relacionados con el cuidado, ha llevado a que sean las mujeres quienes asumen, en mayor medida, la responsabilidad de activar la protección del medio ambiente, aún cuando, debido a normas, costumbres y prácticas de género, resultan marginadas de las esferas de poder, donde finalmente, se toman las grandes decisiones del país, las que consideran siempre al hombre (cis, hetero, blanco y de buena situación socio económica), como sujeto de referencia. Desde la falsa presunción de neutralidad de las normas, así como de este tipo de decisiones institucionales, se invisibilizan necesidades y efectos sobre mujeres, disidencias y sobre toda una población, diversa y plural, que poco importa a quienes tienen el poder económico y que son finalmente quienes toman las decisiones. Siguiendo la misma lógica, considerando los países miembros del TPP-11, algunos con gran poder económico como Canadá, (PIB per cápita trimestral de 9.499€ euros) y Nueva Zelanda, (con 8.112€ euros), frente a Chile (PIB per cápita trimestral de 2.738€ euros) parece más menos claro quienes tomarán las grandes decisiones, obligando a los países más pobres a mantener al Estado al margen, evitando con ello que se fijen límites a estas empresas o que se logre la tan anhelada recuperación de una democracia más participativa, que nos permita salir de esta eterna dictadura económica de más de 30 años, convirtiéndonos en una nueva y gran zona de sacrificio, donde finalmente sabemos quiénes serán las mayormente perjudicadas. * Abogada ABOFEM, Directora de Vinculación Cañete
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