LAS TIERRAS MAPUCHE DEL LLEU LLEU: HISTORIA DE LA USURPACION.

“La actual situación territorial y judicial de las familias mapuche de Choque no es nueva. Si hoy en día las comunidades aledañas al lago Lleu Lleu se encuentran rodeadas por cordones forestales y por fuerzas policiales, ello no constituye sino nuevas formas de ocupación por parte del Estado chileno”,…

…”y representa una continuidad con un pasado no tan lejano, que se remonta a la Ocupación Militar de la Araucanía, a la llegada de los fundos particulares, al proceso de reducción y radicación, a la represión de los días posteriores al Golpe de Estado, y -más cercanamente- a la defensa que hacen los organismos del Estado desde la llegada al área de las empresas forestales”...

LAS TIERRAS MAPUCHE DEL LLEU LLEU: HISTORIA DE LA USURPACION.

EL ANTIGUO TERRITORIO LAFKENCHE Y LA OCUPACION DEL ESTADO CHILENO

Al momento de constituirse la República de Chile, en las tierras al sur del Bio Bio el pueblo mapuche gozaba de autonomía política y jurisdiccional, autonomía que había sido reconocida a través de múltiples Parlamentos entre la Corona Española y las autoridades mapuche.

El primer antecedente que hace referencia a las autoridades mapuche del sector de Lleu Lleu lo encontramos en el Parlamento de Yumbel, de fecha 16 de diciembre de 1692, al que acuden los caciques Pillantur, Amali, Paillante y Caiancura, de Lleu Lleu; Penipillan y Categuaguelen, de Quidico; Amoibueno, Gueracan, Marilebu, Cincomalco, Guentelican y Lleubalican, de Tirúa, entre otras autoridades , lo que da cuenta de la importancia política de los mapuche del área, y de que representan a un gran número de familias.

Lo anterior se replica en el Parlamento de Tapihue, realizado entre el 21 y el 29 de diciembre de 1774, al que acuden los caciques Pedro Huentecol y Jacinto Millanau, de Choque; Agustín Yaupi y Francisco Caniu de Lleu Lleu; Francisco Marileb, de Tranaquepe; Juan Curilabquen, de Quidico; y Martín Curimilla, Francisco Guentelemu, Martín Liencoanti, Pedro Millacaniu, Juan Pilquian, Francisco Huencheu y Lorenzo Tokillanca, de Tirúa, entre muchos otros.


En los inicios de la República chilena la situación se mantiene intacta. Para entonces, en el territorio mapuche de la Provincia de Arauco -a orillas del Pacífico y al sur del río Biobío- existía una división política territorial identificada con las jefaturas mapuche principales. Así, Namunkura fue el Lonko o jefe principal en Tukapel; Antuwen lo fue en Elikura; Antullen en Tromen; Trarupil en Peleko; Kallfulao en Nangalwe; Alkamañ en Llonkao; Payllaw en Tirúa, Waykiñir en Yani y Millan en Alberrada. Así mismo, en esos años se reconocía como cacique principal o Ñizol Longko desde el río Lebu hasta Tirúa, a Porma, de Huentelolen. Por otro lado, a diferencia de lo que se ha hecho creer, el poblamiento mapuche era tan extendido que el Ministro de Interior Antonio Varas plantea, hacia 1849, que


“la subdelegación de Arauco comprendida entre la cordillera de la costa y el mar, y entre el Laraquete y el Cautín, está poblada de indígenas en todas direcciones. Indígenas hay a orillas del mar y en el centro. Sólo el pueblo (Arauco) y sus cercanías están completamente ocupado por españoles; pero por poco que estos límites se salga se encuentran indígenas […] a quienes es preciso sujetar para civilizarlos, a una administración y un régimen especial.”


Ese era –y es- el objetivo principal del estado chileno, ‘civilizar’ al mapuche, es decir obligarlos a dejar de ser mapuche y que se asuman como ‘campesinos’, y sujetarlos a una administración y régimen especial, que se manifestó entonces en todo un aparataje legal para despojarlos de sus tierras y en la actualidad en la aplicación de la ley antiterrorista para mantenerlos encarcelados y estigmatizados ante la sociedad chilena.


En esos mismo años, a mediados del siglo XIX, ha llegado al territorio que se extiende entre el río Bio Bio por el norte y el río Malleco por el sur un gran contingente de chilenos, alrededor de trece mil personas , “individuos de mala fama, que con su conducta perjudican a los habitantes honrados y principalmente a los indígenas de todas sus propiedades”, relata el coronel Cornelio Saavedra, apropiándose de amplias extensiones territoriales de las tierras ancestrales a través de diferentes estratagemas, fraudes y engaños, según se desprende del testimonio de las propias autoridades de la época, como es el caso del Intendente Bascuñán Guerrero, quien envía una carta al Ministro del Interior denunciando que


“los Indígenas, como vendedores, reclamaban ahora que no había venta ninguna, sino sólo un simple arriendo; en otros casos, que el terreno vendido no había pertenecido en realidad al vendedor; también sobre la mayor o menor extensión del terreno enajenado y últimamente reclamando lesión enorme y enormísima en cuanto al precio de la propiedad enajenada”.


Sin embargo, la denuncia de Cornelio Saavedra, el paladín de la ocupación militar del territorio mapuche, no se dirige a la defensa de los derechos mapuche, sino a mejorar la calidad de los usurpadores, a la necesidad de “llevar al territorio indígena personas de mejores costumbres, que tengan hábitos de trabajo e interés en el progreso de la industria. Esta clase de colonos debe ser en su mayor parte extranjeros.” El problema, para el Estado chileno, radica en la ‘calidad’ de los colonos, que deben ser extranjeros, y que una vez que éstos ocupen el territorio mapuche “la existencia de tribus salvajes en la República, sólo aparecería consignada en las páginas de la historia”, señala con desparpajo el propio Cornelio Saavedra.


Es lo que sucede precisamente con el territorio mapuche aledaño al lago Lleu Lleu, como en toda la Araucanía.

El primer paso para ello es crear una legislación acorde al plan, y en virtud de ella el Estado incorpora ‘nominalmente’ al territorio mapuche como una provincia del territorio chileno, integrándolo a su jurisdicción y reglamentando los actos de constitución de la propiedad en el territorio mapuche. En esta apropiación ‘administrativa’, se dicta la Ley de 2 de Julio de 1852, que crea la Provincia de Arauco, que comprende


“... en su demarcación los territorios de indígenas situados al sur del Bío Bío y al norte de la provincia de Valdivia...”, [los cuales] “se sujetarán a las autoridades y al régimen que, atendidas sus circunstancias especiales, determine el Presidente de la República... para el mejor gobierno de la Frontera, para la más eficaz protección de los indígenas, para promover su más pronta civilización y para arreglar los contratos y relaciones de comercio con ellos.”


Del artículo citado se desprenden, al menos, tres elementos: El reconocimiento de la existencia de un ‘territorio de indígenas’ con una extensión y deslindes determinados; el que dicho territorio es anexado ‘en el papel’ al Estado chileno; y el que se le entrega atribuciones específicas al Presidente de la República a fin de proteger a los habitantes, ‘promover su civilización’ y, sobre todo, ‘arreglar los contratos y relaciones de comercio’, sin duda lo más relevante y de mayor importancia para el gobierno central, exigiendo una serie de formalidades en los contratos que se pacten en dicho territorio, lo que en la práctica quedó solo en el papel.

Lo que se esconde detrás de esta ley -que a primera vista parece ‘proteccionista’- es el que se está integrando al mercado un amplio espacio territorial, el territorio mapuche, y la apariencia ‘proteccionista’ quedará solo en eso, en apariencia.


En forma paralela, a la ocupación legal aparece a partir de la década de 1860, la más dura y cruel de las ocupaciones, la militar, la mal llamada “Pacificación de la Araucanía”.

Como primer paso para la Ocupación Militar de la Araucanía se levantan, en 1862, el fuerte de Lebu y los puestos militares de Quidico y Tirúa, y luego, en 1866, el fuerte de Cañete. Todos en sectores de extendida población mapuche, y en 1869 se complementan con la línea de fuertes y fortines en los pasos de Contulmo, Cayucupil y Elicura, emplazados en la Cordillera de Nahuelbuta, todo un sistema de fortificaciones a fin de “incomunicar las tribus de la costa con las del valle central i proteger las comunicaciones de Cañete con las plazas de Angol y Purén”.

 En términos de estrategia militar, en 1869 el Coronel Cornelio Saavedra decía entonces:

“Las tribus de la costa, en la parte comprendida al poniente de la cordillera de Nahuelbuta, al norte del Imperial y el río Lebu por el sur, componen una fuerza de mil lanzas que obedecen a los caciques Mariñan, Porma, Paillao, Hueraman, Cheuquean, Lincognir, Calvulao y otros de menor importancia. No siéndole ya posible a esta población indígena comunicarse con la del valle central, ha quedado sometida a nuestras autoridades”

 El resultado práctico de la ocupación del territorio Lafkenche es que se amplía notablemente la disponibilidad de tierras rematables o adjudicables por particulares.

En términos legales, hacia 1866 el reconocido “territorio de indígenas” por la legislación es cambiado por el de “territorio de Colonización”, y el 13 de octubre de 1875 se dicta el decreto que crea las Provincias de BioBio y Arauco y el Territorio de Colonización de Angol. Lo anterior significó que las tierras mapuche ubicadas al norte de Tirúa dejan de tener la protección que hasta entonces tenían, e ingresan en gloria y majestad al mercado inmobiliario, no importando ni haciendo cuestión a sus habitantes ancestrales.

Es en este momento que se forman –en tierras mapuche de antigua data- la Hacienda Lanalhue, de propiedad de la familia Etchepare (1850), en 5.500 hectáreas; la Hacienda Lleu Lleu de Félix Antonio Aguayo (1860), con 4.000 hectáreas; la Hacienda Antiquina de Pedro Etchepare B. (1876), de 8.130 hectáreas; y la Hacienda Tranaquepe, de Francisco Javier Ovalle (1876), con alrededor de 12.000 hectáreas. Es decir, el Estado chilena adjudica 9.630 hectáreas para solo 4 familias, y no sólo eso, mientras a los colonos se les adjudicaba en remate o se les reconocía la validez legal de los títulos de dominio adquiridos sobre los terrenos planos, en grandes extensiones y de mejor calidad, las familias mapuche resistirán en pequeños retazos, la mayor de las veces sin agua, sin terrenos de pastoreo y ramoneo, encerrados por los latifundios, y en las peores tierras.

 Coherente con lo descrito, la llegada de extranjeros al área forma parte de la memoria colectiva mapuche, transmitida de generación en generación:

 “los primeros winkas que llegaron fueron los gringos, los extranjeros. Porque antes no había fundo, había Lof, entonces cuando llegaron ellos comenzaron a ‘tomar estancias’ como decían ellos. Posteriormente llegaron a los fundos, ¿Quiénes fueron? Casi puros extranjeros, alemanes digamos. Aquí había un tal Ebensperguer, aquí en el fundo Tranaquepe. En Antiquina había Arismendí y más al norte había unos tales Etchepares. Y así poh, aquí no hubo Mapuche que no fueran dueños de sus tierras, sino que llegaron gringos extranjeros a apoderarse de su tierra. Venían grupos de gente, se instalaban y ahí comenzaban a formar sus límites. Decían “esto es mío y a los demás hay que botarlos”, relata el Lonko de Choque, don Juan Carilao.

En contraposición, a las familias mapuche se les entrega ‘Títulos de Merced’, en un proceso de radicación que significó que en la Provincia de Arauco -que posee una superficie de 542.010 hectáreas- se entregue en 77 Títulos de Merced a los mapuche 9.700 hectáreas, un 1,4% del total provincial, para 2.477 personas.


LA HACIENDA TRANAQUEPE Y LA FAMILIA EBENSPERGER

 En el espacio territorial que desde antiguo ocupaban -como propio y como herencia de los antepasados- las familias mapuche aledañas al lago Lleu Lleu se formó tempranamente la Hacienda Tranaquepe, la que durante casi un siglo sería propiedad de la familia Ebensperger.

Sin embargo, los títulos originales se remontan a otro propietario, a Francisco Javier Ovalle Olivares, residente en la ciudad de Santiago, diputado por Freirina para el período de 1873 a 1876 y por Lebu para el período de 1876 a 1879, propietario de derechos también en la mina Santa Rita, en la mina San Francisco de San Felipe y en el establecimiento carbonífero de Lebu.

Será el diputado y empresario Ovalle quien realice un trabajo metódico y ordenado para hacerse de los predios, recorriendo cada uno de los vericuetos que le otorgaba la ley, inscribiendo luego los derechos que iba adquiriendo, dando forma de latifundio a un extenso territorio que se emplaza entre el lago Lleu Lleu y el Oceáno Pacífico, precisamente el territorio que conformaba el antiguo Lof mapuche del área.

Así, Francisco Javier Ovalle, el 22 de Julio de 1978 presenta ante la Notaría una escritura pública otorgada en Lebu en virtud de la cual

“es propietario de las acciones y derechos que les corresponde a los indígenas Ignacio Reuca, Mariñan Reuca, Cheuquel Panchilla, Francisco Metrin, Alejo Maniqueo, Benjamín Diaz, José Lepuman, Francisco Huilipan, Agustina Conchi, Juan Tranamil, Juan Millanao, Francisco Ancalao, Manuel Leviqueo, Pablo Nahuelqueo, Panchita Quinturray, Juanito Quintupí, Antonia Chepata i a Lorenza Caucao en el fundo Tranaquepe […] Obtuvo esta propiedad por habérsele adjudicado en parte de pago de una deuda que contenían los citados indígenas cuya suma asciende en intereses i cartas a la cantidad de siete mil ochocientos ochenta pesos ochenta i nueve centavos.”

 En la presente escritura es necesario detenerse ya que constituye una estratagema idéntica al utilizado en todo el territorio mapuche, del cual existe una extensa literatura y que consiste en realizar préstamos en condiciones impagables para las condiciones mapuche -y sólo a un determinado grupo de mapuche- quienes habrían contratado con el particular poniendo como aval del pago sus acciones y derechos sobre el territorio comunitario.

Luego, y una vez que se hace efectivo el cobro, los particulares se hacen dueños de la totalidad del predio, no sólo de lo que correspondía a su supuestos deudores, pasando por encima de los derechos de los otros comuneros que no habrían solicitado préstamo alguno y con los cuales no existía ningún contrato o vinculación (Ello si asumimos que los préstamos fueron efectivamente realizados, a las personas que se señalan y en condiciones conocidas por los deudores).

Llama la atención -al menos- que el acto notarial se firme ante el Notario de Lebu, muy lejos entonces de Tranaquepe; y que en el acta notarial se cite personas cuyos apellidos no hay en la zona, también maniobra muy recurrida para hacerse de derechos territoriales mapuche, más aún si la cantidad de mapuche que a esa altura sabían leer y escribir era casi inexistente, lo que pone en duda la manifestación de voluntad libre e informada para contratar, incapacidad que había sido rescatada, al menos ‘en la letra’, por las legislaciones dictadas al efecto.

 Al respecto, el propio Coronel Cornelio Saavedra da cuenta del desuso en que quedaban las leyes que se dictaban para precaverse del accionar de particulares y colonos,

 “…pues la mala fe encuentra siempre expediente como burlarlas. Entre otros, los más comunes son: ejecuciones por supuestas deudas i por supuestos dueños de la propiedad que tratan de adquirir, daciones en pago, testamentos, reconocimiento de derechos hereditarios a favor de individuos extraños”, los mismos mecanismos que se utilizaron para dar forma a la Hacienda Tranaquepe.

 Una vez concentrados los derechos mapuche sobre el extenso territorio en una persona, el paso siguiente no es otro que transferir ya no las ‘acciones y derechos’ sino la propiedad plena, el dominio, sin que hubiere adjudicación previa, sin que se respeten los derechos de aquellos que no se enajenaron de sus acciones, si es que algunos en realidad lo hicieron y no fueron objeto de maquinación fraudulenta de su voluntad, de una acción dolosa.

El hecho es que no hubo de transcurrir mucho tiempo, 5 años exactamente, para que las tierras que se adjudicó Ovalle, la futura ‘Hacienda Tranaquepe’, pase a dominio de la familia Ebensperger, quienes el 31 de Octubre de 1883 inscriben en la Notaría de Cañete la siguiente escritura:

 “Los señores Santiago i Jorge G. Ebensperger son dueños por compra que hicieron a la sucesión de doña Josefa Olivares de Ovalle del fundo San Francisco compuesto de los potreros Pelohuenco, Chapo, Carralhue, Llahuenas i Tranaquepe, situado en la subdelegación de Quidico de este departamento. Los límites del potrero Tranaquepe son los siguientes: al Sur con terrenos de Huinca Quintriqueo i otro, separado por la laguna Tranaquepe, estero del mismo nombre hasta su desembocadura en el mar i la quebrada denominada Mollancollan, quedando al lado norte el bosquete en que trabajaba el finado Felipe Reuca i una línea que partiendo de la quebrada se encontrarse en terrenos del indígena Pichuman; al Oriente con terrenos del mismo Pichuman divididos por quebradas; al norte en propiedad de don F. Ovalle Olivares i la quebrada Rucaquilhue, el pajonal de Mulucuicui i de aquí línea recta al mar, pasando como dos cuadras al sur de la casa de Aravena i al Oeste el mar. […] La sucesión vendedora se obliga a la evicción i saneamiento i también a la expulsión de los indígenas que poseen el fundo..”

 Ya no se habla de potreros, sino de una totalidad, el fundo San Francisco, antecedente directo de la Hacienda Tranaquepe. Interesante es también en la misma escritura se reconozca la presencia de indígenas, y no solo eso, que los vendedores se obligan “a la expulsión de los indígenas que poseen el fundo”.

 Es decir, hasta el momento de la transferencia la Hacienda Tranaquepe se encontraba efectivamente ocupada por las familias mapuche. Los conflictos comenzarán precisamente en el momento en que la familia Ebensperger decida desalojar a sus ancestrales habitantes y ocupar materialmente el predio.

 CARTA DE COLONIZACION, 1921-1923. Los terrenos adjudicados a los Ebensperger se extienden desde la cordillera al mar, mientras las familias mapuche son arrinconadas entre la montaña y el lago Lleu Lleu.

 Para llevar a cabo lo anterior la familia Ebensperger debía recurrir a sus vinculaciones con los poderes locales, por ello es importante saber: ¿Quiénes formaban la familia Ebensperger?, ¿Cuál es su origen?, ¿Cómo llegan a la zona?

La familia Ebensperger tiene su origen en Johan Jacob Ebensperger, jabonero alemán originario de la ciudad de Ditzingen, quien llega ‘enganchado’ como colono por el Estado chileno al puerto de Corral el 5 de octubre de 1852, en el barco hamburgués Alfred, junto a su esposa Rosita Reinert y sus 6 hijos. Entre sus hijos viene Jorge Carlos Ebensperger Reinert, a la sazón con sólo 5 años de edad y luego promisorio agricultor y comerciante en Lebu, y de quien y de su matrimonio con Guillermina Richter descienden sus hijos Jorge Carlos, propietario de los fundos Boldal y San Juan en Talcahuano y diputado por Arauco y Cañete; Theodor; Emilio Karl, Arnoldo y Arturo. Este último, Arturo Ebensperger Richter, fue propietario de los predios Antilhue en Lebu y de la Hacienda Tranaquepe en Quidico, además de ser Alcalde de Quidico, Alcalde de Lebu, Gobernador de Lebu e Intendente de Arauco.

 Del párrafo anterior se infiere fácilmente que las familias mapuche se enfrentaban a una familia muy poderosa, que contaba con una extensa red de vinculaciones políticas y sociales, las necesarias para llevar a cabo el desalojo de las familias mapuche.

En este contexto se entienden en su real magnitud las palabras del Lonko de Choque Juan Carilao, quien plantea que los dueños de la Hacienda Tranaquepe:

 “Implantaban sus propias leyes, llegaban amparados por el Estado, en ese tiempo nadie tenía derecho ni a decir ni pio. Como ellos tenían su Gobierno, su Parlamento. Entonces ellos hacían lo que querían prácticamente, el Mapuche no tenía ni arte ni parte.”

DE LA RADICACION/REDUCCION DE LAS FAMILIAS MAPUCHE Y LA REFORMA AGRARIA A LA SITUACION ACTUAL

 Como se señaló precedentemente, las tierras antiguas de las familias del Lleu Lleu fueron adquiridas tempranamente por Francisco J. Ovalle, y luego transferidas a la familia Ebensperger. ¿Qué sucedió entonces con las familias mapuche? Una vez que los Ebensperger han consolidado su dominio sobre la Hacienda Tranaquepe, son desalojadas y encerradas entre la montaña y el lago, en las peores tierras y en superficies ínfimas.

En la práctica, el Estado chileno, en el año 1904 y a través de la Comisión Radicadora de Indígenas entrega a los mapuche de la cuenca del LLeu LLeu los Títulos de Merced N° 936, a nombre de Esteban Yevilao, en Choque, por 400 hectáreas para 68 personas; N°935, Lorenzo Pilquiman, en 250 hectáreas para 48 personas; N° 957, Lorenzo Lepin Millahual, en 257 hectáreas, en Ranquilhe, para 46 personas; N°914, Juan Lincopan, en Ranquilhue Grande, en 420 hectáreas para 104 personas; y N°922, a nombre de José Maria Calvul, El Malo, con 310 hectáreas para 48 personas.

Según del Lonko Juan Carilao,

 “…se va a hacer Título de Merced después cuando ellos se apoderaron de los fundos, cuando vieron que ya no había más, entonces dijeron le entregamos esas tierras a los mapuche para que hagan los que quieran. Ellos sabían que con la propiedad privada uno puede hacer lo que quiera, porque si tengo un par de zapatos lo puedo vender cuando quiera, si tengo un pollo también lo vendo porque es mío. Entonces dijeron ‘le entregamos esto’ para que los mapuche se vayan fácilmente sin perjuicios, y así fue. Entonces disimuladamente se metió, nuevamente el otro particular, de a poquito. Y así fuimos perdiendo de poco a poco las tierras”.

 Luego, a partir del año 1931 acudimos al proceso de división al interior de los Títulos de Merced, y con él ingresamos a otro momento en la pérdida territorial mapuche: ya perdidas las tierras antiguas, la pérdida territorial se da ahora al interior de los Títulos de Merced, y es representada por la familia Jorquera, familia con la que se tiene conflictos hasta la actualidad, y que en el año 1934 se hicieron de las hijuelas 1, 2 y 3 del Título de Merced de Esteban Yevilao, Choque, hijuelas que les fueron reconocidas en dominio por el Juzgado de Indios, y que han continuado creciendo a expensas de sus vecinos.

 Sin embargo, las familias mapuches no han cejado en sus intentos por recuperar su espacio territorial.

Un momento crucial se produjo durante el proceso de Reforma Agraria, entre 1968 y 1973, momento en que muchas familias mapuche volvieron a ocupar y trabajar las tierras usurpadas. Sin embargo, en el caso de la Hacienda Tranaquepe -no obstante que fue expropiada y participó del proceso de Reforma Agraria- en parte importante se privilegió el trabajo con los inquilinos del fundo, dejando fuera a las familias mapuche, que lo demandaban desde antiguo pero que en el proceso de colonización/radicación/reducción quedaron fuera de sus dominios, vecinos directos pero fuera del predio.

 Así, para las familias mapuche significó una tercera etapa de pérdida territorial, y más grave aún porque con el avenimiento del Golpe de Estado se reafirmó una nueva propiedad no mapuche, la de los parceleros CORA, unido además al doloroso y extendido proceso de persecución, tortura y muerte durante la Contra Reforma Agraria, después del Golpe Militar.

 Efectivamente, si bien los mapuche de Lleu Lleu no fueron favorecidos por el proceso de Reforma Agraria, sino los inquilinos del predio, con el Golpe Militar de 1973 se presenta a los particulares y a los organismos del Estado una oportunidad para ejercer una brutal represión, en la que en el caso de los mapuche del Lleu Lleu se conjugaron varios aspectos.

El primero tiene que ver, una vez más, con las vinculaciones familiares, ya que Eliana Ebensperger Proessel, hija de Arturo Ebensperger Richter, se casó con el Comandante en Jefe del Ejército (1977-1980) teniente General Carlos Forestier Haensgen, hombre de confianza del General Augusto Pinochet, Ministro, Intendente de la Provincia de Tarapacá, Comandante de la Sexta División del Ejército con asiento en Iquique y Jefe de Zona en Estado de Emergencia designado por la Junta Militar, y en dicho carácter fue sometido a proceso como autor intelectual del homicidio calificado de ocho personas en Pisagua, tras el 11 de septiembre de 1973, como también por el cargo de secuestro calificado de 10 prisioneros políticos en dicho centro de detención del ejército.

De la mano con lo anterior, especialmente grave es lo que sucede en las hijuelas de Santos Jorquera, en el antiguo territorio del Título de Merced de la comunidad de Choque, el que fue ocupado como centro de detención y tortura en la dictadura, y de cuya acción la prensa local señala que:

“…entre los detenidos, desaparecidos y caídos que pasaron por ese centro de detención […] se encuentran: Lorenzo Carilao Tranamil, Octavio Carinao Huichalao, Manuel Carilao Paineo, Juan Jarpa Silva, Elises Flores Gonzalez, José Pilquiman Yevilao, Juan Pilquiman Yevilao, Domingo Millahual Millapi, Segundo Rivera Huenupil, Juan Carilao Paineo, Miguel Ñehuei Carilao, Osvaldo Millahual Nariñan, Leopoldo Millahual Cona. Agregaron que poco se ha escrito sobre la represión “hacia los hermanos mapuche en el lago Lleu - Lleu durante los días del golpe y los años posteriores a éste. Entre los lugares de detención y tortura se cuentan una escuela y el recinto particular de José Santos Jorquera, […] quien delató a una treintena de mapuches que abrazaban la causa popular, encontrándose entre ellos dirigentes emblemáticos como Lorenzo Carilao Tranamil”.

En la memoria colectiva quedó marcado el ingreso de militares a sus comunidades, y como no iba a ser así si la familia Ebenperger estaba emparentada con las máximas autoridades del Ejército. Se recuerda las largas sesiones de tortura a los dirigentes y comuneros mapuche, a quienes “los metían al agua hasta que no pudieran respirar”, como es el caso de, entre otros, Lorenzo Carilao Tranamil.

A esta altura de la historia, el Lov de LLeu LLeu, el territorio antiguo, se comienza a llenar de pinos y eucaliptus, habían ingresado las empresas forestales, se estaba desecando y erosionando el territorio, se estaban contaminando sus aguas.

A partir de la década de 1980 comienza un nuevo proceso de movilizaciones tendientes a recuperar el territorio antiguo de las familias mapuche de Lleu Lleu, ahora las Reservas que quedaron a la familia Ebensperger en la antigua Hacienda Tranaquepe, y que pasaron a formar parte del patrimonio de las empresas forestales, son ocupadas en reiteradas ocasiones por las familias mapuche. Don Juan Carilao recuerda que

“Cuando llego el pinochetismo, aquí conversamos nuevamente, y dijimos vamos a seguir luchando por las reservas que quedaron. Porque estos ricos se quedaron con reservas, los Ebensperger, El mismo fundo Tranaquepe que ahora es de Volterra. Ellos después le vendieron a Forestal Volterra para no entregársela a los Mapuche, eso parece que fue 1986 en adelante. En primer lugar se llevó a toda la gente que estaba organizado, se llevó a la recuperación pero todos conscientes. Porque si alguien caía preso, caía era por derecho propio, nadie iba por ruanda ni nada. ¡Y se fue a la recuperación! Harta gente, cerca de 500 personas, estuvimos tres días. Se hizo nguillatun, rokin. Y taba todo bien poh, y cuando ven que los Mapuche se estaban afirmando llega las Fuerzas Armadas. Milicos, pacos, con aviones con helicópteros, camiones…movieron un ejército casi entero para desalojar a la gente. Con bombas lacrimógenas, palos, agarrones.”

 No era para menos, conociendo las vinculaciones políticas y militares de la familia Ebensperger, a la que a esta altura se sumaría además la presencia en la familia del yerno del General Forestier y de Eliana Ebensperger, el futuro Comandante en Jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre, casado con Isabel Forestier Ebensperger:

“…llenaron el fundo de milicos, se vino el regimiento completo ahí, el regimiento Chacabuco, ahí se nos presionó también cuando se salía al camino, en cualquier momento llegaba el regimiento a las casas y abría las puertas y se metía a cualquier hora, y esos eran los boinas negras, que andaban en tanques y llegaban a las casas. Eso fue después del 86, fue dura la cosa, mas represión”, relata doña Berta Pilquiman Huenullan.

Con el término del régimen militar y el ingreso a la década de los 90, las movilizaciones continuaron y las demandas territoriales se han mantenido intactas con el tiempo: las ‘tierras antiguas’. Con la Hacienda Tranaquepe ya parcelada la demanda se dirige a partes de ella, pero que vienen del mismo origen: los fundos “El Canelo”, “Puntilla de Tranaquepe”, “La Huella”, colindantes con el Titulo de Merced original, corresponden a reivindicación de tierras ancestrales del lof original y que hoy están en manos de Forestal Volterra y Forestal Mininco, ya no de los Ebensperger. A esa demanda se suma, a partir de la década de 1940, las tierras ocupadas por particulares al interior del Título de Merced, específicamente las hijuelas ocupadas por Ballochi y por Santos Jorquera.

A modo de conclusión, podemos señalar que la actual situación territorial y judicial de las familias de Choque es continuidad con un pasado no tan lejano, y que se ha caracterizado por la vinculación entre poderosos particulares, en un momento, y empresas forestales, actualmente, con el Estado chileno y sus organismos, siempre.

Fuente: http://www.mapuexpress.net

“La actual situación territorial y judicial de las familias mapuche de Choque no es nueva. Si hoy en día las comunidades aledañas al lago Lleu Lleu se encuentran rodeadas por cordones forestales y por fuerzas policiales, ello no constituye sino nuevas formas de ocupación por parte del Estado chileno”,…


…”y representa una continuidad con un pasado no tan lejano, que se remonta a la Ocupación Militar de la Araucanía, a la llegada de los fundos particulares, al proceso de reducción y radicación, a la represión de los días posteriores al Golpe de Estado, y -más cercanamente- a la defensa que hacen los organismos del Estado desde la llegada al área de las empresas forestales”...

LAS TIERRAS MAPUCHE DEL LLEU LLEU: HISTORIA DE LA USURPACION.



POR MARTIN CORREA CABRERA, HISTORIADOR


Fuente Original de la Información - WICHAN (con imágenes)http://wichaninfoaldia.blogspot.com/p/las-tierras-mapuche-del-lleu-lleu_03.html


EL ANTIGUO TERRITORIO LAFKENCHE Y LA OCUPACION DEL ESTADO CHILENO


Al momento de constituirse la República de Chile, en las tierras al sur del Bio Bio el pueblo mapuche gozaba de autonomía política y jurisdiccional, autonomía que había sido reconocida a través de múltiples Parlamentos entre la Corona Española y las autoridades mapuche.

El primer antecedente que hace referencia a las autoridades mapuche del sector de Lleu Lleu lo encontramos en el Parlamento de Yumbel, de fecha 16 de diciembre de 1692, al que acuden los caciques Pillantur, Amali, Paillante y Caiancura, de Lleu Lleu; Penipillan y Categuaguelen, de Quidico; Amoibueno, Gueracan, Marilebu, Cincomalco, Guentelican y Lleubalican, de Tirúa, entre otras autoridades , lo que da cuenta de la importancia política de los mapuche del área, y de que representan a un gran número de familias.

Lo anterior se replica en el Parlamento de Tapihue, realizado entre el 21 y el 29 de diciembre de 1774, al que acuden los caciques Pedro Huentecol y Jacinto Millanau, de Choque; Agustín Yaupi y Francisco Caniu de Lleu Lleu; Francisco Marileb, de Tranaquepe; Juan Curilabquen, de Quidico; y Martín Curimilla, Francisco Guentelemu, Martín Liencoanti, Pedro Millacaniu, Juan Pilquian, Francisco Huencheu y Lorenzo Tokillanca, de Tirúa, entre muchos otros.


En los inicios de la República chilena la situación se mantiene intacta. Para entonces, en el territorio mapuche de la Provincia de Arauco -a orillas del Pacífico y al sur del río Biobío- existía una división política territorial identificada con las jefaturas mapuche principales. Así, Namunkura fue el Lonko o jefe principal en Tukapel; Antuwen lo fue en Elikura; Antullen en Tromen; Trarupil en Peleko; Kallfulao en Nangalwe; Alkamañ en Llonkao; Payllaw en Tirúa, Waykiñir en Yani y Millan en Alberrada. Así mismo, en esos años se reconocía como cacique principal o Ñizol Longko desde el río Lebu hasta Tirúa, a Porma, de Huentelolen. Por otro lado, a diferencia de lo que se ha hecho creer, el poblamiento mapuche era tan extendido que el Ministro de Interior Antonio Varas plantea, hacia 1849, que


“la subdelegación de Arauco comprendida entre la cordillera de la costa y el mar, y entre el Laraquete y el Cautín, está poblada de indígenas en todas direcciones. Indígenas hay a orillas del mar y en el centro. Sólo el pueblo (Arauco) y sus cercanías están completamente ocupado por españoles; pero por poco que estos límites se salga se encuentran indígenas […] a quienes es preciso sujetar para civilizarlos, a una administración y un régimen especial.”


Ese era –y es- el objetivo principal del estado chileno, ‘civilizar’ al mapuche, es decir obligarlos a dejar de ser mapuche y que se asuman como ‘campesinos’, y sujetarlos a una administración y régimen especial, que se manifestó entonces en todo un aparataje legal para despojarlos de sus tierras y en la actualidad en la aplicación de la ley antiterrorista para mantenerlos encarcelados y estigmatizados ante la sociedad chilena.


En esos mismo años, a mediados del siglo XIX, ha llegado al territorio que se extiende entre el río Bio Bio por el norte y el río Malleco por el sur un gran contingente de chilenos, alrededor de trece mil personas , “individuos de mala fama, que con su conducta perjudican a los habitantes honrados y principalmente a los indígenas de todas sus propiedades”, relata el coronel Cornelio Saavedra, apropiándose de amplias extensiones territoriales de las tierras ancestrales a través de diferentes estratagemas, fraudes y engaños, según se desprende del testimonio de las propias autoridades de la época, como es el caso del Intendente Bascuñán Guerrero, quien envía una carta al Ministro del Interior denunciando que


“los Indígenas, como vendedores, reclamaban ahora que no había venta ninguna, sino sólo un simple arriendo; en otros casos, que el terreno vendido no había pertenecido en realidad al vendedor; también sobre la mayor o menor extensión del terreno enajenado y últimamente reclamando lesión enorme y enormísima en cuanto al precio de la propiedad enajenada”.


Sin embargo, la denuncia de Cornelio Saavedra, el paladín de la ocupación militar del territorio mapuche, no se dirige a la defensa de los derechos mapuche, sino a mejorar la calidad de los usurpadores, a la necesidad de “llevar al territorio indígena personas de mejores costumbres, que tengan hábitos de trabajo e interés en el progreso de la industria. Esta clase de colonos debe ser en su mayor parte extranjeros.” El problema, para el Estado chileno, radica en la ‘calidad’ de los colonos, que deben ser extranjeros, y que una vez que éstos ocupen el territorio mapuche “la existencia de tribus salvajes en la República, sólo aparecería consignada en las páginas de la historia”, señala con desparpajo el propio Cornelio Saavedra.


Es lo que sucede precisamente con el territorio mapuche aledaño al lago Lleu Lleu, como en toda la Araucanía.

El primer paso para ello es crear una legislación acorde al plan, y en virtud de ella el Estado incorpora ‘nominalmente’ al territorio mapuche como una provincia del territorio chileno, integrándolo a su jurisdicción y reglamentando los actos de constitución de la propiedad en el territorio mapuche. En esta apropiación ‘administrativa’, se dicta la Ley de 2 de Julio de 1852, que crea la Provincia de Arauco, que comprende


“... en su demarcación los territorios de indígenas situados al sur del Bío Bío y al norte de la provincia de Valdivia...”, [los cuales] “se sujetarán a las autoridades y al régimen que, atendidas sus circunstancias especiales, determine el Presidente de la República... para el mejor gobierno de la Frontera, para la más eficaz protección de los indígenas, para promover su más pronta civilización y para arreglar los contratos y relaciones de comercio con ellos.”


Del artículo citado se desprenden, al menos, tres elementos: El reconocimiento de la existencia de un ‘territorio de indígenas’ con una extensión y deslindes determinados; el que dicho territorio es anexado ‘en el papel’ al Estado chileno; y el que se le entrega atribuciones específicas al Presidente de la República a fin de proteger a los habitantes, ‘promover su civilización’ y, sobre todo, ‘arreglar los contratos y relaciones de comercio’, sin duda lo más relevante y de mayor importancia para el gobierno central, exigiendo una serie de formalidades en los contratos que se pacten en dicho territorio, lo que en la práctica quedó solo en el papel.

Lo que se esconde detrás de esta ley -que a primera vista parece ‘proteccionista’- es el que se está integrando al mercado un amplio espacio territorial, el territorio mapuche, y la apariencia ‘proteccionista’ quedará solo en eso, en apariencia.


En forma paralela, a la ocupación legal aparece a partir de la década de 1860, la más dura y cruel de las ocupaciones, la militar, la mal llamada “Pacificación de la Araucanía”.

Como primer paso para la Ocupación Militar de la Araucanía se levantan, en 1862, el fuerte de Lebu y los puestos militares de Quidico y Tirúa, y luego, en 1866, el fuerte de Cañete. Todos en sectores de extendida población mapuche, y en 1869 se complementan con la línea de fuertes y fortines en los pasos de Contulmo, Cayucupil y Elicura, emplazados en la Cordillera de Nahuelbuta, todo un sistema de fortificaciones a fin de “incomunicar las tribus de la costa con las del valle central i proteger las comunicaciones de Cañete con las plazas de Angol y Purén”.



En términos de estrategia militar, en 1869 el Coronel Cornelio Saavedra decía entonces:

“Las tribus de la costa, en la parte comprendida al poniente de la cordillera de Nahuelbuta, al norte del Imperial y el río Lebu por el sur, componen una fuerza de mil lanzas que obedecen a los caciques Mariñan, Porma, Paillao, Hueraman, Cheuquean, Lincognir, Calvulao y otros de menor importancia. No siéndole ya posible a esta población indígena comunicarse con la del valle central, ha quedado sometida a nuestras autoridades”


El resultado práctico de la ocupación del territorio Lafkenche es que se amplía notablemente la disponibilidad de tierras rematables o adjudicables por particulares.

En términos legales, hacia 1866 el reconocido “territorio de indígenas” por la legislación es cambiado por el de “territorio de Colonización”, y el 13 de octubre de 1875 se dicta el decreto que crea las Provincias de BioBio y Arauco y el Territorio de Colonización de Angol. Lo anterior significó que las tierras mapuche ubicadas al norte de Tirúa dejan de tener la protección que hasta entonces tenían, e ingresan en gloria y majestad al mercado inmobiliario, no importando ni haciendo cuestión a sus habitantes ancestrales.

Es en este momento que se forman –en tierras mapuche de antigua data- la Hacienda Lanalhue, de propiedad de la familia Etchepare (1850), en 5.500 hectáreas; la Hacienda Lleu Lleu de Félix Antonio Aguayo (1860), con 4.000 hectáreas; la Hacienda Antiquina de Pedro Etchepare B. (1876), de 8.130 hectáreas; y la Hacienda Tranaquepe, de Francisco Javier Ovalle (1876), con alrededor de 12.000 hectáreas. Es decir, el Estado chilena adjudica 9.630 hectáreas para solo 4 familias, y no sólo eso, mientras a los colonos se les adjudicaba en remate o se les reconocía la validez legal de los títulos de dominio adquiridos sobre los terrenos planos, en grandes extensiones y de mejor calidad, las familias mapuche resistirán en pequeños retazos, la mayor de las veces sin agua, sin terrenos de pastoreo y ramoneo, encerrados por los latifundios, y en las peores tierras.


Coherente con lo descrito, la llegada de extranjeros al área forma parte de la memoria colectiva mapuche, transmitida de generación en generación:


“los primeros winkas que llegaron fueron los gringos, los extranjeros. Porque antes no había fundo, había Lof, entonces cuando llegaron ellos comenzaron a ‘tomar estancias’ como decían ellos. Posteriormente llegaron a los fundos, ¿Quiénes fueron? Casi puros extranjeros, alemanes digamos. Aquí había un tal Ebensperguer, aquí en el fundo Tranaquepe. En Antiquina había Arismendí y más al norte había unos tales Etchepares. Y así poh, aquí no hubo Mapuche que no fueran dueños de sus tierras, sino que llegaron gringos extranjeros a apoderarse de su tierra. Venían grupos de gente, se instalaban y ahí comenzaban a formar sus límites. Decían “esto es mío y a los demás hay que botarlos”, relata el Lonko de Choque, don Juan Carilao.


En contraposición, a las familias mapuche se les entrega ‘Títulos de Merced’, en un proceso de radicación que significó que en la Provincia de Arauco -que posee una superficie de 542.010 hectáreas- se entregue en 77 Títulos de Merced a los mapuche 9.700 hectáreas, un 1,4% del total provincial, para 2.477 personas.


LA HACIENDA TRANAQUEPE Y LA FAMILIA EBENSPERGER


En el espacio territorial que desde antiguo ocupaban -como propio y como herencia de los antepasados- las familias mapuche aledañas al lago Lleu Lleu se formó tempranamente la Hacienda Tranaquepe, la que durante casi un siglo sería propiedad de la familia Ebensperger.

Sin embargo, los títulos originales se remontan a otro propietario, a Francisco Javier Ovalle Olivares, residente en la ciudad de Santiago, diputado por Freirina para el período de 1873 a 1876 y por Lebu para el período de 1876 a 1879, propietario de derechos también en la mina Santa Rita, en la mina San Francisco de San Felipe y en el establecimiento carbonífero de Lebu.

Será el diputado y empresario Ovalle quien realice un trabajo metódico y ordenado para hacerse de los predios, recorriendo cada uno de los vericuetos que le otorgaba la ley, inscribiendo luego los derechos que iba adquiriendo, dando forma de latifundio a un extenso territorio que se emplaza entre el lago Lleu Lleu y el Oceáno Pacífico, precisamente el territorio que conformaba el antiguo Lof mapuche del área.

Así, Francisco Javier Ovalle, el 22 de Julio de 1978 presenta ante la Notaría una escritura pública otorgada en Lebu en virtud de la cual


“es propietario de las acciones y derechos que les corresponde a los indígenas Ignacio Reuca, Mariñan Reuca, Cheuquel Panchilla, Francisco Metrin, Alejo Maniqueo, Benjamín Diaz, José Lepuman, Francisco Huilipan, Agustina Conchi, Juan Tranamil, Juan Millanao, Francisco Ancalao, Manuel Leviqueo, Pablo Nahuelqueo, Panchita Quinturray, Juanito Quintupí, Antonia Chepata i a Lorenza Caucao en el fundo Tranaquepe […] Obtuvo esta propiedad por habérsele adjudicado en parte de pago de una deuda que contenían los citados indígenas cuya suma asciende en intereses i cartas a la cantidad de siete mil ochocientos ochenta pesos ochenta i nueve centavos.”


En la presente escritura es necesario detenerse ya que constituye una estratagema idéntica al utilizado en todo el territorio mapuche, del cual existe una extensa literatura y que consiste en realizar préstamos en condiciones impagables para las condiciones mapuche -y sólo a un determinado grupo de mapuche- quienes habrían contratado con el particular poniendo como aval del pago sus acciones y derechos sobre el territorio comunitario.

Luego, y una vez que se hace efectivo el cobro, los particulares se hacen dueños de la totalidad del predio, no sólo de lo que correspondía a su supuestos deudores, pasando por encima de los derechos de los otros comuneros que no habrían solicitado préstamo alguno y con los cuales no existía ningún contrato o vinculación (Ello si asumimos que los préstamos fueron efectivamente realizados, a las personas que se señalan y en condiciones conocidas por los deudores).

Llama la atención -al menos- que el acto notarial se firme ante el Notario de Lebu, muy lejos entonces de Tranaquepe; y que en el acta notarial se cite personas cuyos apellidos no hay en la zona, también maniobra muy recurrida para hacerse de derechos territoriales mapuche, más aún si la cantidad de mapuche que a esa altura sabían leer y escribir era casi inexistente, lo que pone en duda la manifestación de voluntad libre e informada para contratar, incapacidad que había sido rescatada, al menos ‘en la letra’, por las legislaciones dictadas al efecto.


Al respecto, el propio Coronel Cornelio Saavedra da cuenta del desuso en que quedaban las leyes que se dictaban para precaverse del accionar de particulares y colonos,


“…pues la mala fe encuentra siempre expediente como burlarlas. Entre otros, los más comunes son: ejecuciones por supuestas deudas i por supuestos dueños de la propiedad que tratan de adquirir, daciones en pago, testamentos, reconocimiento de derechos hereditarios a favor de individuos extraños”, los mismos mecanismos que se utilizaron para dar forma a la Hacienda Tranaquepe.


Una vez concentrados los derechos mapuche sobre el extenso territorio en una persona, el paso siguiente no es otro que transferir ya no las ‘acciones y derechos’ sino la propiedad plena, el dominio, sin que hubiere adjudicación previa, sin que se respeten los derechos de aquellos que no se enajenaron de sus acciones, si es que algunos en realidad lo hicieron y no fueron objeto de maquinación fraudulenta de su voluntad, de una acción dolosa.

El hecho es que no hubo de transcurrir mucho tiempo, 5 años exactamente, para que las tierras que se adjudicó Ovalle, la futura ‘Hacienda Tranaquepe’, pase a dominio de la familia Ebensperger, quienes el 31 de Octubre de 1883 inscriben en la Notaría de Cañete la siguiente escritura:


“Los señores Santiago i Jorge G. Ebensperger son dueños por compra que hicieron a la sucesión de doña Josefa Olivares de Ovalle del fundo San Francisco compuesto de los potreros Pelohuenco, Chapo, Carralhue, Llahuenas i Tranaquepe, situado en la subdelegación de Quidico de este departamento. Los límites del potrero Tranaquepe son los siguientes: al Sur con terrenos de Huinca Quintriqueo i otro, separado por la laguna Tranaquepe, estero del mismo nombre hasta su desembocadura en el mar i la quebrada denominada Mollancollan, quedando al lado norte el bosquete en que trabajaba el finado Felipe Reuca i una línea que partiendo de la quebrada se encontrarse en terrenos del indígena Pichuman; al Oriente con terrenos del mismo Pichuman divididos por quebradas; al norte en propiedad de don F. Ovalle Olivares i la quebrada Rucaquilhue, el pajonal de Mulucuicui i de aquí línea recta al mar, pasando como dos cuadras al sur de la casa de Aravena i al Oeste el mar. […] La sucesión vendedora se obliga a la evicción i saneamiento i también a la expulsión de los indígenas que poseen el fundo..”


Ya no se habla de potreros, sino de una totalidad, el fundo San Francisco, antecedente directo de la Hacienda Tranaquepe. Interesante es también en la misma escritura se reconozca la presencia de indígenas, y no solo eso, que los vendedores se obligan “a la expulsión de los indígenas que poseen el fundo”.


Es decir, hasta el momento de la transferencia la Hacienda Tranaquepe se encontraba efectivamente ocupada por las familias mapuche. Los conflictos comenzarán precisamente en el momento en que la familia Ebensperger decida desalojar a sus ancestrales habitantes y ocupar materialmente el predio.


CARTA DE COLONIZACION, 1921-1923. Los terrenos adjudicados a los

Ebensperger se extienden desde la cordillera al mar, mientras las familias

mapuche son arrinconadas entre la montaña y el lago Lleu Lleu.


Para llevar a cabo lo anterior la familia Ebensperger debía recurrir a sus vinculaciones con los poderes locales, por ello es importante saber: ¿Quiénes formaban la familia Ebensperger?, ¿Cuál es su origen?, ¿Cómo llegan a la zona?

La familia Ebensperger tiene su origen en Johan Jacob Ebensperger, jabonero alemán originario de la ciudad de Ditzingen, quien llega ‘enganchado’ como colono por el Estado chileno al puerto de Corral el 5 de octubre de 1852, en el barco hamburgués Alfred, junto a su esposa Rosita Reinert y sus 6 hijos. Entre sus hijos viene Jorge Carlos Ebensperger Reinert, a la sazón con sólo 5 años de edad y luego promisorio agricultor y comerciante en Lebu, y de quien y de su matrimonio con Guillermina Richter descienden sus hijos Jorge Carlos, propietario de los fundos Boldal y San Juan en Talcahuano y diputado por Arauco y Cañete; Theodor; Emilio Karl, Arnoldo y Arturo. Este último, Arturo Ebensperger Richter, fue propietario de los predios Antilhue en Lebu y de la Hacienda Tranaquepe en Quidico, además de ser Alcalde de Quidico, Alcalde de Lebu, Gobernador de Lebu e Intendente de Arauco.


Del párrafo anterior se infiere fácilmente que las familias mapuche se enfrentaban a una familia muy poderosa, que contaba con una extensa red de vinculaciones políticas y sociales, las necesarias para llevar a cabo el desalojo de las familias mapuche.

En este contexto se entienden en su real magnitud las palabras del Lonko de Choque Juan Carilao, quien plantea que los dueños de la Hacienda Tranaquepe:


“Implantaban sus propias leyes, llegaban amparados por el Estado, en ese tiempo nadie tenía derecho ni a decir ni pio. Como ellos tenían su Gobierno, su Parlamento. Entonces ellos hacían lo que querían prácticamente, el Mapuche no tenía ni arte ni parte.”

DE LA RADICACION/REDUCCION DE LAS FAMILIAS MAPUCHE Y LA REFORMA AGRARIA A LA SITUACION ACTUAL


Como se señaló precedentemente, las tierras antiguas de las familias del Lleu Lleu fueron adquiridas tempranamente por Francisco J. Ovalle, y luego transferidas a la familia Ebensperger. ¿Qué sucedió entonces con las familias mapuche? Una vez que los Ebensperger han consolidado su dominio sobre la Hacienda Tranaquepe, son desalojadas y encerradas entre la montaña y el lago, en las peores tierras y en superficies ínfimas.

En la práctica, el Estado chileno, en el año 1904 y a través de la Comisión Radicadora de Indígenas entrega a los mapuche de la cuenca del LLeu LLeu los Títulos de Merced N° 936, a nombre de Esteban Yevilao, en Choque, por 400 hectáreas para 68 personas; N°935, Lorenzo Pilquiman, en 250 hectáreas para 48 personas; N° 957, Lorenzo Lepin Millahual, en 257 hectáreas, en Ranquilhe, para 46 personas; N°914, Juan Lincopan, en Ranquilhue Grande, en 420 hectáreas para 104 personas; y N°922, a nombre de José Maria Calvul, El Malo, con 310 hectáreas para 48 personas.

Según del Lonko Juan Carilao,


“…se va a hacer Título de Merced después cuando ellos se apoderaron de los fundos, cuando vieron que ya no había más, entonces dijeron le entregamos esas tierras a los mapuche para que hagan los que quieran. Ellos sabían que con la propiedad privada uno puede hacer lo que quiera, porque si tengo un par de zapatos lo puedo vender cuando quiera, si tengo un pollo también lo vendo porque es mío. Entonces dijeron ‘le entregamos esto’ para que los mapuche se vayan fácilmente sin perjuicios, y así fue. Entonces disimuladamente se metió, nuevamente el otro particular, de a poquito. Y así fuimos perdiendo de poco a poco las tierras”.


Luego, a partir del año 1931 acudimos al proceso de división al interior de los Títulos de Merced, y con él ingresamos a otro momento en la pérdida territorial mapuche: ya perdidas las tierras antiguas, la pérdida territorial se da ahora al interior de los Títulos de Merced, y es representada por la familia Jorquera, familia con la que se tiene conflictos hasta la actualidad, y que en el año 1934 se hicieron de las hijuelas 1, 2 y 3 del Título de Merced de Esteban Yevilao, Choque, hijuelas que les fueron reconocidas en dominio por el Juzgado de Indios, y que han continuado creciendo a expensas de sus vecinos.



Sin embargo, las familias mapuches no han cejado en sus intentos por recuperar su espacio territorial.

Un momento crucial se produjo durante el proceso de Reforma Agraria, entre 1968 y 1973, momento en que muchas familias mapuche volvieron a ocupar y trabajar las tierras usurpadas. Sin embargo, en el caso de la Hacienda Tranaquepe -no obstante que fue expropiada y participó del proceso de Reforma Agraria- en parte importante se privilegió el trabajo con los inquilinos del fundo, dejando fuera a las familias mapuche, que lo demandaban desde antiguo pero que en el proceso de colonización/radicación/reducción quedaron fuera de sus dominios, vecinos directos pero fuera del predio.


Así, para las familias mapuche significó una tercera etapa de pérdida territorial, y más grave aún porque con el avenimiento del Golpe de Estado se reafirmó una nueva propiedad no mapuche, la de los parceleros CORA, unido además al doloroso y extendido proceso de persecución, tortura y muerte durante la Contra Reforma Agraria, después del Golpe Militar.


Efectivamente, si bien los mapuche de Lleu Lleu no fueron favorecidos por el proceso de Reforma Agraria, sino los inquilinos del predio, con el Golpe Militar de 1973 se presenta a los particulares y a los organismos del Estado una oportunidad para ejercer una brutal represión, en la que en el caso de los mapuche del Lleu Lleu se conjugaron varios aspectos.

El primero tiene que ver, una vez más, con las vinculaciones familiares, ya que Eliana Ebensperger Proessel, hija de Arturo Ebensperger Richter, se casó con el Comandante en Jefe del Ejército (1977-1980) teniente General Carlos Forestier Haensgen, hombre de confianza del General Augusto Pinochet, Ministro, Intendente de la Provincia de Tarapacá, Comandante de la Sexta División del Ejército con asiento en Iquique y Jefe de Zona en Estado de Emergencia designado por la Junta Militar, y en dicho carácter fue sometido a proceso como autor intelectual del homicidio calificado de ocho personas en Pisagua, tras el 11 de septiembre de 1973, como también por el cargo de secuestro calificado de 10 prisioneros políticos en dicho centro de detención del ejército.


De la mano con lo anterior, especialmente grave es lo que sucede en las hijuelas de Santos Jorquera, en el antiguo territorio del Título de Merced de la comunidad de Choque, el que fue ocupado como centro de detención y tortura en la dictadura, y de cuya acción la prensa local señala que:


“…entre los detenidos, desaparecidos y caídos que pasaron por ese centro de detención […] se encuentran: Lorenzo Carilao Tranamil, Octavio Carinao Huichalao, Manuel Carilao Paineo, Juan Jarpa Silva, Elises Flores Gonzalez, José Pilquiman Yevilao, Juan Pilquiman Yevilao, Domingo Millahual Millapi, Segundo Rivera Huenupil, Juan Carilao Paineo, Miguel Ñehuei Carilao, Osvaldo Millahual Nariñan, Leopoldo Millahual Cona. Agregaron que poco se ha escrito sobre la represión “hacia los hermanos mapuche en el lago Lleu - Lleu durante los días del golpe y los años posteriores a éste. Entre los lugares de detención y tortura se cuentan una escuela y el recinto particular de José Santos Jorquera, […] quien delató a una treintena de mapuches que abrazaban la causa popular, encontrándose entre ellos dirigentes emblemáticos como Lorenzo Carilao Tranamil”.


En la memoria colectiva quedó marcado el ingreso de militares a sus comunidades, y como no iba a ser así si la familia Ebenperger estaba emparentada con las máximas autoridades del Ejército. Se recuerda las largas sesiones de tortura a los dirigentes y comuneros mapuche, a quienes “los metían al agua hasta que no pudieran respirar”, como es el caso de, entre otros, Lorenzo Carilao Tranamil.


A esta altura de la historia, el Lov de LLeu LLeu, el territorio antiguo, se comienza a llenar de pinos y eucaliptus, habían ingresado las empresas forestales, se estaba desecando y erosionando el territorio, se estaban contaminando sus aguas.


A partir de la década de 1980 comienza un nuevo proceso de movilizaciones tendientes a recuperar el territorio antiguo de las familias mapuche de Lleu Lleu, ahora las Reservas que quedaron a la familia Ebensperger en la antigua Hacienda Tranaquepe, y que pasaron a formar parte del patrimonio de las empresas forestales, son ocupadas en reiteradas ocasiones por las familias mapuche. Don Juan Carilao recuerda que


“Cuando llego el pinochetismo, aquí conversamos nuevamente, y dijimos vamos a seguir luchando por las reservas que quedaron. Porque estos ricos se quedaron con reservas, los Ebensperger, El mismo fundo Tranaquepe que ahora es de Volterra. Ellos después le vendieron a Forestal Volterra para no entregársela a los Mapuche, eso parece que fue 1986 en adelante. En primer lugar se llevó a toda la gente que estaba organizado, se llevó a la recuperación pero todos conscientes. Porque si alguien caía preso, caía era por derecho propio, nadie iba por ruanda ni nada. ¡Y se fue a la recuperación! Harta gente, cerca de 500 personas, estuvimos tres días. Se hizo nguillatun, rokin. Y taba todo bien poh, y cuando ven que los Mapuche se estaban afirmando llega las Fuerzas Armadas. Milicos, pacos, con aviones con helicópteros, camiones…movieron un ejército casi entero para desalojar a la gente. Con bombas lacrimógenas, palos, agarrones.”


No era para menos, conociendo las vinculaciones políticas y militares de la familia Ebensperger, a la que a esta altura se sumaría además la presencia en la familia del yerno del General Forestier y de Eliana Ebensperger, el futuro Comandante en Jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre, casado con Isabel Forestier Ebensperger:


“…llenaron el fundo de milicos, se vino el regimiento completo ahí, el regimiento Chacabuco, ahí se nos presionó también cuando se salía al camino, en cualquier momento llegaba el regimiento a las casas y abría las puertas y se metía a cualquier hora, y esos eran los boinas negras, que andaban en tanques y llegaban a las casas. Eso fue después del 86, fue dura la cosa, mas represión”, relata doña Berta Pilquiman Huenullan.


Con el término del régimen militar y el ingreso a la década de los 90, las movilizaciones continuaron y las demandas territoriales se han mantenido intactas con el tiempo: las ‘tierras antiguas’. Con la Hacienda Tranaquepe ya parcelada la demanda se dirige a partes de ella, pero que vienen del mismo origen: los fundos “El Canelo”, “Puntilla de Tranaquepe”, “La Huella”, colindantes con el Titulo de Merced original, corresponden a reivindicación de tierras ancestrales del lof original y que hoy están en manos de Forestal Volterra y Forestal Mininco, ya no de los Ebensperger. A esa demanda se suma, a partir de la década de 1940, las tierras ocupadas por particulares al interior del Título de Merced, específicamente las hijuelas ocupadas por Ballochi y por Santos Jorquera.


A modo de conclusión, podemos señalar que la actual situación territorial y judicial de las familias de Choque es continuidad con un pasado no tan lejano, y que se ha caracterizado por la vinculación entre poderosos particulares, en un momento, y empresas forestales, actualmente, con el Estado chileno y sus organismos, siempre.

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LAS TIERRAS MAPUCHE DEL LLEU LLEU: HISTORIA DE LA USURPACION.