Porque es necesario saber: Este lunes habrá una conferencia sobre el impacto del TPP en Chile

[resumen.cl] Este lunes 24 de octubre se realizará la conferencia “El Impacto en el Ordenamiento Jurídico y Derecho Laboral del TPP en Chile”, organizado por la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial, Regional Concepción – Arauco. La actividad tendrá lugar en el Auditorio de la Iltma, ubicado en el tercer piso del Edificio de Tribunales de Concepción a las 16:30 horas. En la conferencia participará Lucía Sepúlveda Ruiz, vocera de la Plataforma Chile Mejor sin TPP, la diputada Clemira Pacheco y un abogado de la Región.

con-tpp-foro-concepcion

El Acuerdo Transpacífico (TPP) está conformado por una serie de disposiciones agrupadas en 30 capítulos, elaborados en completo secreto, sin que la población ni los congresistas de cada Estado adscrito, conocieran el contenido de las tratativas. La razón de este ocultamiento se explica por el propósito del TPP de sofisticar el control de las empresas sobre la política de las naciones y, así, maximizar sus ganancias a costa de la anulación de garantías sociales.

De los múltiples y gravosos perjuicios que provocará la entrada en vigor del TPP, se pueden mencionar la anulación de los beneficios de la Ley Ricarte Soto, en tanto, los productos farmacéuticos biológicos, utilizados en tratamientos de enfermedades oncológicas e inmunológicas, tendrán tres años más de “protección de datos”. Esto significa que, si en Chile entra en vigor este Acuerdo, los laboratorios fabricantes de estos productos llegarán a tener 8 años de exclusividad para su elaboración y, de ese modo, imponer el costo de ellos. Ante esta situación, el propio Ministerio de Salud, calculó que:

“cada año adicional de protección de datos generará una pérdida anual de 770 millones de dólares, lo que equivale a 540 mil millones de pesos, es decir, se podrían financiar anualmente más de 5 Fondos de Tratamiento de Alto Costo por cada año de extensión de protección de datos”.

Si se considera que la Ley 20.850, llamada Ricarte Soto, contempla la creación de solo un Fondo de Tratamiento de Alto Costo, se puede concluir que los efectos de ésta quedarán anulados en el caso de la aprobación del TPP.

Otra situación preocupante es la obligación de cualquier Estado adherente al TPP de suscribir el Convenio UPOV 91, el cual impone a los Estados el establecimiento de normas destinadas a la privatización de variedades vegetales que tengan cualidades absolutamente equívocas, permitiendo a empresas controlar su uso, solo mediante la ejecución de trámites. Si una empresa o persona natural se constituye como “obtentor” de una variedad vegetal puede imponer diversas condiciones a quienes utilicen ejemplares de ésta o alguna de sus partes, como las semillas. El pago por el uso de ejemplares de las variedades vegetales “protegidas” por el obtentor es una de las condiciones más usadas, causando el encarecimiento de los productos vegetales, por los cuales habrá que pagar para reproducir, y la criminalización de quienes continúen cultivando variedades asignadas a un obtentor sin someterse a sus condiciones, pues el Estado se obliga a vigilar y sancionar las prácticas contravenidoras al Convenio.

También ha generado gran alarma pública el compromiso que adquiriría el Estado a someterse a los Sistemas de Arbitraje de Diferencias Inversor-Estado, donde una empresa puede concurrir para exigir al Estado el resarcimiento de lo que considere pérdidas provocadas por alguna medida o situación ocurrida en el territorio correspondiente a él. Esta obligación preocupa a diversos sectores, en tanto los Sistemas de Arbitraje registran laudos [fallos], en su mayoría, favorables a las empresas. Por ejemplo, en el caso de uno de los Sistemas más utilizados a nivel mundial, el CIADI [Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones], se registra que un 74% de sus laudos dieron razón total o parcialmente a las reclamaciones de las empresas litigantes. En un 25%, el CIADI ha declinado ejercer jurisdicción y sólo en el 1% de los laudos ha declarado que las reclamaciones carecen de mérito jurídico para considerarlas válidas.

El perverso modo en que operan estos Sistemas de Arbitraje ha sido reconocido incluso por un funcionario del CIADI, el español Juan Fernández-Armesto, quien ha afirmado:

“Cuando me despierto por la noche y pienso en el arbitraje, nunca deja de sorprenderme que Estados soberanos hayan aceptado el arbitraje de inversiones […]. A tres particulares se les concede el poder de revisar, sin ningún tipo de restricción o procedimiento de apelación, todas las acciones del Gobierno, todas las decisiones de los tribunales y todas las leyes y reglamentos que emanan del Parlamento”.

Hasta ahora, el TPP no está aprobado. Finalmente, en el Congreso se decidirá su entrada en vigor, por ello es necesario y urgente que la sociedad pueda informarse sobre este nefasto instrumento, calificado como “un candado” para cerrar la puerta a transformaciones orientadas a revertir las  injusticias propias del enriquecimiento empresarial.

Etiquetas #TPP #CIADI
Estas leyendo

Porque es necesario saber: Este lunes habrá una conferencia sobre el impacto del TPP en Chile