Salvataje a las Isapres: La clase política al servicio de sus amos aún por sobre las leyes y el Estado de Derecho

[resumen.cl] El único derecho garantizado a las y los ciudadanos chilenos por la Constitución pinochetista, que aún está vigente en nuestro país, es el derecho a la propiedad. Sin embargo, hoy lunes el Congreso debatirá como vulnerar ese derecho para salvar a los grupos financieros detrás del negocio de la salud en Chile. El fallo de la Corte Suprema de noviembre del 2022, estableció claramente dos cosas: primero que a las personas adscritas al sistema privado de salud (Isapres), se les habían realizado cobros en exceso durante tres años consecutivos y que esos cobros en exceso se tenían que devolver bajo la modalidad, que se denomina en la ley, de “excedentes”. Los excedentes son un concepto que está claramente en la legislación de nuestro país y que tiene, además, claramente reglados los mecanismos de cómo funciona, por lo cual el fallo de la  Suprema no es algo baladí, sino un sentencia categórica y rotunda sobre este problema que afecta a decenas de miles de chilenos y chilenas. La propia Corte Suprema, ante la magnitud económica de los cobros ilegales de las Isapres a sus afiliados, estableció una primera flexibilidad a la ley y los reglamentos de esta, ya que el pago como está claramente establecido debe realizarse de inmediato y en efectivo. En contacto con RESUMEN el economista David Debrott señaló que "está claramente establecido que los pagos de estos “excedentes”, que deben ser inmediatos y en efectivos, deben depositarse en cuentas corrientes individuales y ahí las personas pueden hacer uso para descuentos en copago, fármacos o lo que estimen las personas, y al cabo de un año calendario, o sea el 31 de diciembre, se liquida eso y en ese momento la Isapre debe devolver los dineros en efectivos a los usuarios". Te puede interesar| Gremios del Servicio de Salud de Concepción acusan nepotismo en millonarios ajustes de sueldo Pero lo más importante de estos pagos de los excedentes en la ley de Isapres, es que estos fondos son de propiedad del afiliado, son inembargables e incluso hereditarios de las personas. Por lo tanto, el estatus legal de los excedentes es que tienen protección constitucional por derecho de propiedad. Eso está establecido en el artículo 19, en el artículo 24, de la Constitución de Jaime Guzmán y Pinochet. ¿Qué es lo que dice la Constitución al respecto? Que nada que sea de propiedad de las personas se le puede quitar, y que solamente una ley general o específica puede quitar eso, señalando que es una expropiación. En cualquier caso, si a la persona se le expropia, se le tiene que indemnizar por lo que se le retira. En el fondo, una vez que existe propiedad sobre algo, en este caso sobre el excedente, nadie se lo puede quitar en el monto que corresponde. Debrott ejemplifica: "En concreto, si a mí me deben 100 pesos, no me pueden quitar 10 para rebajar el monto de la deuda, porque la propiedad el total de sus fondos, tiene garantía constitucional". Este mecanismo ideado por los empresarios neoliberales que estaban detrás de la dictadura, absolutamente inviolable y cerrado, creado para impedir cualquier tipo de nacionalización o expropiación por parte del estado, hoy será violado por los herederos de Jaime Guzmán con la anuncia de toda la clase política.   La clase política, como siempre, al servicio de sus amos El Gobierno y los parlamentarios afines, muestran como una victoria el que no se instaló este tema de la mutualización en la deuda de las Isapres, y que abiertamente bajaba el monto de la deuda. También celebran que no se validara el estudio de Álvaro Clark, pagado por la Isapre Banmedica y que algunos medios de comunicación llamaron como la fórmula de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile. Se vanaglorian que eso no se permitió, pero resulta que hay dos mecanismos que reducen la deuda y la “pueden llegar a reducir hasta en un 50%”, como reconoce en una entrevista el pasado día viernes a El Mercurio Héctor Sánchez, ex superintendente y hombre absolutamente cercano a las Isapres, quien categóricamente manifiesta: "Si no es perdonazo, no sé lo que es". ¿Cuáles son los mecanismos con los cuales el gobierno pretende bajar el monto del pago de la Isapres? El primero es que dicen que si el fallo ordenó que a la persona le bajaran el precio, porque se adoptaba la tabla de factores nueva, no se trataba de factores únicos, y ese precio quedaba por debajo del 7% de cotización legal, esa diferencia entre el 7% y este menor valor no es excedente porque las personas tienen que pagar como mínimo el 7% legal, y por lo tanto dicen que esa interpretación se tiene que hacer hacia atrás. Esto va contra el esencia mismo del ordenamiento jurídico, la retroactividad de la ley solo puede ser en beneficio de las personas y no en su contra, cambia además las reglas del juego con las que la corte dictó el fallo, porque las reglas del juego que habían era que eso generaba excedentes, pues así el precio que te deberían haber cobrado es más bajo que la cotización obligatoria. Desde el gobierno inventan este mecanismo para atrás, que busca encubrir el salvataje. El economista indica que "otro problema es que esos excedentes son de propiedad del afiliado, ni el Estado ni nadie puede llegar ahora y decir que no, que en realidad nunca la persona debía haber pagado ese precio tan bajo, un enredo que solamente busca disminuir el monto de la deuda, eso tiene que ver con el 7% del régimen de excedente".   Últimas medidas desesperadas del gobierno A última hora, el último día de negociación, promovido por el gobierno, surgió la iniciativa para que las Isapres paguen en 13 años una deuda, que deberían pagar por ley en menos de un año. Peor aún, sobre esos 13 años les dicen, que las ISAPRES podrán negociar con cada persona de manera individual, lo que le da un enorme margen de juego a las Isapres con todo su poder por sobre las personas individuales. Debrott señala que "actualmente la ley en Chile, cuando alguien debe plata y no paga, el banco lo castiga cobrándole la tasa máxima convencional, en este caso de las Isapres la aplicación de la tasa máxima convencional sería al revés. De ahí que el ex superintendente Héctor Sánchez, que está diciendo, que las Isapres pueden llegar perfectamente tan solo un 50% de su deuda a los cotizantes".
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