[resumen.cl] En una comunicación hecha llegar a Resumen, los trabajadores pertenecientes al Sindicato de la Corporación Llequén, informaron que el pasado 23 de noviembre, el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Chillán falló en su favor, concluyendo que a ellos les asistía el derecho a una negociación colectiva con la Corporación Llequén, puesto que el financiamiento recibido por ésta, de parte del Estado “exige una contraprestación cual es la atención que se da a jóvenes en riesgo social por medio de los proyectos que ejecuta la Corporación, y por la cual, no recibe el aporte estatal a título gratuito”.
Este fallo viene a confirmar lo esgrimido por los trabajadores que, aunque no contaban con esta jurisprudencia, consiguieron llevar a cabo una negociación concluida el 26 de octubre pasado, conquistando "el primer contrato colectivo celebrado entre un Sindicato del área social de la región del Bío Bío y una empresa de dicho rubro".
Los trabajadores explican que "el proceso no estuvo exento de complicaciones. Prácticas antisindicales, poca voluntad de diálogo, intervencionismo en la votación de la última oferta, ausencia de la comisión negociadora en la mediación realizada en el centro de conciliación de la Dirección Regional del Trabajo y una serie de otras dificultades tuvieron que sortearse para acceder a un derecho fundamental... Dentro de estas presiones estuvo el intento de que los tribunales de justicia declararan que los trabajadores de estas instituciones, en verdad, empresas de hecho y de derecho, NO pueden ejercer su derecho a negociar colectivamente". Por eso, el reciente fallo es de suma importancia. Los demandantes agregan que "la resolución esgrimida por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán establece un precedente de importancia a nivel nacional, puesto que considera que la negociación colectiva es un derecho constitucional en un área en donde antes no se permitía a los trabajadores referirse sobre sus condiciones salariales y laborales". Y que esto "no solo es un triunfo para los trabajadores de la Corporación Llequén, sino más bien una victoria para el conjunto de los trabajadores que se desempeñan en el área social, ejecutando las políticas públicas de nuestra patria. Es de esperar que lo conseguido sirva de envión anímico y moral para que otros/as vayan construyendo y robusteciendo su propia organización".La comunicación puedes leerla aquí
Triunfo para los trabajadores del área social: La negociación colectiva realizada por el Sindicato de la Corporación Llequén abre un precedente a nivel nacional
Con fecha 23 de noviembre del presente año, el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Chillán, mediante sentencia definitiva, rechazó el reclamo presentado por la empresa social “Corporación Llequén” hacia la resolución N°587 del 20 de octubre de 2015 emitida por la Inspección provincial de Trabajo de Ñuble. El organismo público había concluido en su día que a los trabajadores de la empresa les asistía el derecho a negociar colectivamente por no encontrarse la institución en la hipótesis contenida en el inciso 3 del artículo 304 del código del trabajo, puesto que el financiamiento que recibe la Corporación Llequén por parte del Estado “exige una contraprestación cual es la atención que se da a jóvenes en riesgo social por medio de los proyectos que ejecuta la Corporación, y por la cual, no recibe el aporte estatal a título gratuito”.
Cabe mencionar que el proceso de negociación colectiva emprendido por el Sindicato de Trabajadores de la Corporación Llequén finalizó el día 26 de octubre con la firma entre ambas partes de un instrumento colectivo, transformándose así en el primer contrato colectivo celebrado entre un Sindicato del área social de la región del Bío Bío y una empresa de dicho rubro.
Pese al importante hito conseguido por el Sindicato, el proceso no estuvo exento de complicaciones. Prácticas antisindicales, poca voluntad de diálogo, intervencionismo en la votación de la última oferta, ausencia de la comisión negociadora en la mediación realizada en el centro de conciliación de la Dirección Regional del Trabajo y una serie de otras dificultades tuvieron que sortearse para acceder a un derecho fundamental que antes había sido negado al conjunto de los trabajadores del área social. Dentro de estas presiones estuvo el intento de que los tribunales de justicia declararan que los trabajadores de estas instituciones, en verdad, empresas de hecho y de derecho, NO pueden ejercer su derecho a negociar colectivamente.
La resolución emitida por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, en causa RIT I-42-2015, viene a dar respaldo a la justeza de las acciones emprendidas por el Sindicato de Trabajadores de la Corporación Llequén, en un escenario que evidencia poca capacidad de la empresa para respetar el ejercicio de derechos de sus trabajadores, pese a que ésta paradójicamente tiene por misión promover y hacer respetar los derechos de la ciudadanía. La intención de la Corporación de contravenir la resolución emanada por la Inspección del Trabajo Ñuble,incluso obviando la celebración de un contrato colectivo con el Sindicato, no es más que botón de muestra de una aminorada disposición de la institución para asumir relaciones laborales modernas, en donde los trabajadores tengan capacidad de poner en la palestra sus temas de interés y bajo sus propios órganos institucionales.
Sin duda que la resolución esgrimida por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán establece un precedente de importancia a nivel nacional, puesto que considera que la negociación colectiva es un derecho constitucional en un área en donde antes no se permitía a los trabajadores referirse sobre sus condiciones salariales y laborales. Esto se impone a las peripecias restrictivas que buscan las empresas sociales para oponerse a aquello, permitiendo que otros trabajadores del área emprendan el legítimo camino trazado por el Sindicato de Trabajadores de la Corporación Llequén.
Lo anterior, no solo es un triunfo para los trabajadores de la Corporación Llequén, sino más bien una victoria para el conjunto de los trabajadores que se desempeñan en el área social ejecutando las políticas públicas de nuestra patria. Es de esperar que lo conseguido sirva de envión anímico y moral para que otros/as vayan construyendo y robusteciendo su propia organización.