Tribunal Ambiental rechazó demanda de vecinos afectados por Embalse Punilla

[resumen.cl] Este martes y por unanimidad, el Tribunal Ambiental de Valdivia desestimó las exigencias de reparación de parte de la comunidad campesina de la comuna de San Fabián, a quienes se les erradicó de sus terrenos y se destruyeron sus viviendas para la construcción del proyecto Embalse Punilla. La demanda estaba dirigida en contra del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y la empresa concesionaria Astaldi. Esta apuntaba hacia el daño psicosocial y ambiental producido por el proyecto Embalse Punilla desde su aprobación en 2010, durante el primer gobierno de Piñera. El embalse pretende inundar 1.700 hectáreas de bosque nativo. El avance de dicho proyecto dual de embalse para riego e hidroeléctrica ha despojado y dejado en la precariedad a cerca de setenta familias de Los Sauces y La Punilla, junto al rio ñuble. En octubre de 2018, efectivos de Carabineros y personal de Astaldi desalojaron por la fuerza a habitantes de dicho sector. Las familias denuncian que la Sociedad Concesionaria de Aguas Punilla S.A (Scap), nombre bajo el cual opera la firma italiana Astaldi en Chile, incumplió lo acordado en cuanto a la implementación de planes sociales de reparación, direccionados a la reubicación y readaptación de la vida de decenas de personas obligadas a abandonar sus hogares. Alex Quevedo, abogado demandante en esta causa comentó que “nuestra demanda está dirigida a cómo se efectuó el proyecto desde el punto de vista humano, es decir, contra los ocupantes del terreno. El Tribunal dice que no hubo daño ambiental y social y nosotros discrepamos con eso. Ofrecieron terrenos y montos de dinero, pero esos ofrecimientos debieron haberse consensuado, apegarse a algún procedimiento, previo a la erradicación de los vecinos”. En la misma línea, el abogado Ricardo Frez, asesor de las familias perjudicadas con el proyecto Embalse Punilla, enfatizó en que: el daño es evidente, objetivo y está registrado íntegramente. Hay un incumplimiento de obligaciones por parte del MOP en cuanto a la fiscalización. Que el Tribunal plantee que no hubo incumplimiento cuando nosotros vemos que los vecinos siguen durmiendo en la calle, a más de un año y medio desde que les destruyeron las casas y no tienen aun ningún tipo de solución. La realidad no se condice con lo que se está resolviendo en el Tribunal”. Las familias y redes de apoyo denuncian daño psicosocial Con respecto a la desestimación de daño psicosocial por parte del Tribunal Ambiental, el representante de las familias fustigó que “el hecho de erradicar a una persona a la fuerza configura un impacto psicológico y emocional tremendo, no solo a las familias si no que a toda la comunidad. Además, las personas que viven allá arriba tienen una condición única, ellos son los últimos arrieros que viven en forma comunitaria en la zona central del país.” El Tribunal Ambiental expresó en su resolución que no existieron incumplimientos en la RCA del proyecto Embalse Punilla, debido a que la empresa Aguas del Punilla habría cumplido por ejemplo, con la participación ciudadana en cuanto a la relocalización, asignación de dineros y levantamiento de inmuebles. Esta situación es desmentida por las familias, debido a que previo a cualquier reubicación concreta, sus casas ya habían sido destruidas y desde 2018 han tenido que vivir en un campamento, expuestos a las duras condiciones climáticas de los terrenos precordilleranos de la región del ñuble. Por otro lado, la resolución judicial responsabilizó a los mismos habitantes de los Sauces, de la inexistencia de un Plan Ganadero, enmarcado dentro de plan de compensaciones, situación que le correspondía concretar a Astaldi con la comunidad. En el año 2014 había comenzado las gestiones de erradicación de las y los habitantes de los Sauces. Se efectuaron las primeras compras de terrenos, que pasaban a ser propiedad del Fisco. Desde el inicio, tanto vecinos como habitantes de la comuna denunciaron el bajo valor de las compensaciones ofrecidas, muchas de las cuales no les permitían continuar con su modo de vida de crianza de animales. Algunas personas debieron trasladarse hacia zonas más bajas de la provincia, donde no tenían las condiciones ni agua para subsistir como en los terrenos de los cuales fueron despojados. Además debía ponerse en marcha un Plan Ganadero para que los vecinos y vecinas pudieran continuar con su actividad de crianza de animales, situación que no se concretó.   También puedes ver: Campamento desalojados por embalse Punilla: “lo que la empresa y el MOP ofrecen es una burla”   Ricardo Frez explicó que “se supone que era un plan de desarrollo social, complementario al plan de expropiación, que potenciaba un poco la relocalización, que solo con la indemnización de la reubicación no era suficiente. Esta solución estaba a cargo de la Sociedad Concesionaria de Aguas Punilla S.A, pero hasta la fecha ninguna de las personas desalojadas con la fuerza pública en 2018 , tiene hoy una soluciona habitacional. Había una condición expresa de que no se podría relocalizar a nadie si esto no era cumplido y es lo que hoy cuestionamos”. Las familias denuncian que lo ofrecido por el MOP y Astaldi, era muy parecido a lo que se les impuso con la Evaluación Ambiental, la que estableció una serie de medidas que acusan debieron haberse actualizado, considerando el aumento de valores que tuvieron los terrenos que pretenden intervenirse. Frez detalló que “los valores que se estaban entregando no permitían cumplir con la condición básica de que las familias quedaran en iguales o mejores condiciones. Esta situación los obligaba a tener que trasladarse a otras zonas, pese a que era su derecho elegir donde quedarse. Los que aceptaron la indemnización son las personas que tenían mayor cantidad de tierras, por ende el pago era mayor. Por otro lado, para las personas que con ese dinero tenían que comprarse un terreno, construir una casa y hacer de eso su salida definitiva, los montos eran insuficientes”. En definitiva, el Tribunal Ambiental de Valdivia negó el incumplimiento de obligaciones por parte del MOP y Astaldi, debido a la negativa de los y las habitantes del sector el Sauce de hacerse parte de iniciativas que, según exponen los abogados, no les convenían. Una de estas sin duda, es el hecho de tener que haber abandonado sus viviendas por la fuerza, sin haber llegado al consenso de una relocalización correspondiente a sus necesidades o que cumpliera por lo menos, con los estándares de vida que tenían previamente a la erradicación forzada. Si bien el Tribunal Ambiental rechazó esta demanda reparatoria en contra del MOP y Scap, el abogado representante de las familias de la precordillera del ñuble, Alex Quevedo, indicó que recurrirán próximamente a la Corte Suprema mediante un recurso de casación, que buscaría anular el veredicto dictado desde el Tribunal Ambiental. "Lo que se intenta revertir con esto, son las formas en las que se ha llevado adelante el proceso de erradicación de los terrenos y las implicancias que ha tenido en los ocupantes”.
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